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¿Es posible tener un criadero de pudúes o de otros animales silvestres en tu casa? La respuesta corta a esta interrogante es afirmativa, aunque hay matices.

Sin duda, el pudú es uno de los animales más tiernos que alberga la diversa fauna chilena, pero también uno de los más amenazados. Aunque su depredador natural es el puma, en los últimos años se han visto innumerables ataques mortales causados por perros, o muertes causadas por atropellos.

Ante estas amenazas, diferentes organizaciones poseen dependencias para proteger y cuidar a estas especies, así como para curarlos tras sendos ataques.

Es el caso de un criadero de pudúes localizado en Villuco, comuna de Chiguayante región del Bío Bío, dado a conocer por The Clinic, el cual alberga a más de 100 especies, resguardadas en un amplio terreno.

¿Cómo y quiénes pueden tener un criadero de pudúes?

Ya sea que se trate de esta u otra especie, cuando una persona o una organización en Chile desea mantener fauna silvestre en un centro de reproducción, rehabilitación, rescate, exhibición o criadero, debe inscribirse, y al recinto, en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre, administrado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

Para ello, deben cumplir una serie de especificaciones, que varía dependiendo del tipo de centro. En el caso de criaderos, el SAG indica que la inscripción de un recinto de estas características debe acompañarse de antecedentes del propietario, como su cédula de identidad o RUT, dirección y más.

A la vez, deben incluirse de los datos del propio criadero, como el RUT y la ubicación geográfica, así como un “Plano de ubicación referencial del predio que señale las vías de acceso, cuerpos de agua que atraviesen el predio y número de rol del mismo”.

En cuanto a las especies, como los pudúes, la inscripción debe evidenciar su origen, sexo y el número de ejemplares que estarán albergadas en el criadero.

Otros antecedentes clave exigen una descripción y croquis de las instalaciones del recinto, que esté acompañado de datos como la superficie total; distribución, cantidad y tamaño de los corrales, jaulas, sala de incubación, sala de crianza u otros espacios que se utilizarán para la mantención de los animales y materiales empleados para su construcción.

Revisa a continuación más detalles de lo que debe considerarse para la inscripción de un criadero de pudúes o de otras especies, según lo indica el SAG:

– Normas o medidas de seguridad establecidas en el criadero para proteger a los animales allí existentes y evitar su escape.

– Plan de manejo sanitario, enriquecimiento ambiental, reproductivo, de alimentación del plantel y marcaje obligatorio de todos los ejemplares.

– Currículum del médico veterinario y otros especialistas asesores del centro.

– Planes de contingencia frente a fuga de animales, incendio, emergencia sanitaria o ingreso de un depredador.

– Plan de cierre o abandono del proyecto si corresponde, de conformidad con la legalidad vigente.

Finalmente, el Servicio Agrícola y Ganadero señala que los criaderos tienen que “cumplir con los ‘Criterios Técnicos para la Mantención y Manejo de Fauna Silvestre en Cautiverio’, en virtud de lo establecido en el Artículo N° 60 del Reglamento de la Ley de Caza“.