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La Cámara de Diputados aprobó a segundo trámite constitucional la reforma de la Ley de Migraciones, que agrega causales de expulsión y revocación de permisos migratorios para extranjeros que cometan delitos graves o faltas reiteradas, como violación y ruidos molestos. También busca aumentar el período de residencia para acceder a la nacionalización chilena de cinco a diez años. La reforma propone nuevas prohibiciones de ingreso al país, como a quienes hayan sido condenados por violencia intrafamiliar, así como restricciones para otorgar nacionalidad a extranjeros condenados por crímenes o delitos. Se amplían las causales de expulsión, incluyendo delitos como explotación sexual y porte ilegal de armas. El proyecto también destaca la protección de los derechos humanos de los extranjeros, sin menoscabar los derechos de los nacionales, y especifica requisitos para acceder a la educación y salud.

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La Cámara de Diputados despachó a segundo trámite constitucional la reforma de la Ley de Migraciones, que agrega causales de expulsión y revocación de permisos migratorios a extranjeros que cometan ciertos delitos graves, como violación, o faltas reiteradas, como ruidos molestos.

De igual modo, el proyecto busca aumentar el periodo de residencia de cinco a diez años, como requisitos para recibir la nacionalización chilena por parte de extranjeros. Ahora, el Senado está encargado de revisar la idea legislativa que busca modificar 56 artículos de la ley que fue publicada en abril del 2021.

¿Qué dice el proyecto de reforma de ley de migraciones?

¿A quiénes se les prohibirá el ingreso a Chile?

En primer lugar, el proyecto de reforma a la Ley de Migraciones establece nuevas facultades para el Servicio Nacional de Migraciones y ampliará las causales para prohibir el ingreso de extranjeros a Chile. Así, a las ya existentes prohibiciones, como haber sido condenados en Chile o en el extranjero por delitos de tráfico, lavado de activos, trata de personas, genocidio, tortura, terrorismo, homicidio, femicidio y más, se agrega la causal de condena por violencia intrafamiliar.

Además, se les prohibirá el ingreso al país a quienes hayan sido condenados en el extranjero en los últimos 10 años por actos que la ley chilena califique de crimen, o en los últimos 5 años, por simples delitos. Actualmente, este último precepto es una prohibición facultativa, es decir, que la autoridad podría impedir el ingreso. Pero con el proyecto, se busca darle la calidad de prohibición imperativa, es decir, obligatoria.

¿A quiénes no se les otorgará nacionalidad chilena?

En cuanto al otorgamiento de la nacionalidad chilena, se propone suprimir el artículo 85, de la nacionalización calificada, que actualmente pueden solicitar los residentes definitivos por 2 años continuos, que sean cónyuge de chileno, sea pariente de chilenos por consanguineidad hasta el segundo grado o quien sea hijo de padre o madre que haya perdido la nacionalidad chilena con anterioridad al nacimiento.

Del mismo modo, no podrán obtener carta de nacionalización los extranjeros condenados por hechos que en Chile sean crímenes o simples delitos, condenados por tres o más faltas previstas en Código Penal o seis o más faltas de competencia de los juzgados de policía local.

Por otro lado, la revocación de nacionalidad podrá ser también por los casos anteriores, es decir, haber sido condenados por faltas o delitos. Junto a ello, el proyecto busca aumentar el periodo de residencia de cinco a diez años, como requisitos para recibir la nacionalización chilena

Expulsiones y reforma a la Ley de Migraciones

Acorde a lo planteado por el proyecto de reforma a la Ley de Migraciones, se agregan nuevas causales de expulsión contra extranjeros que cuenten con residencia en el país, involucrados en delitos como violencia intrafamiliar, explotación sexual, sicariato, uso y porte ilegal de armas, entre otros.

Por ejemplo, si entró a Chile a pesar de haber cometido algún delito, ya contaría con una causal de expulsión.

Actualmente, previo a dictar una medida de expulsión, el Servicio de Migraciones debe considerar, entre otras cosas, la gravedad de los hechos en los que se sustenta la causal de expulsión, los antecedentes delictuales que pudiera tener, el período de residencia regular en Chile, o si tiene cónyuge, conviviente o padres chilenos o radicados en Chile.

Si se aprueba la ley, también se deberá tener en cuenta si el extranjero fue condenado en el año anterior, por 3 o más faltas contempladas en el Código Penal, o 6 o más infracciones de competencia de los juzgados de policía local.

Para ejemplificar, si una persona extranjera cuenta con suficientes faltas como emitir ruidos molestos, causar riñas, realizar comercio ambulante, arrojar residuos o objetos desde un vehículo, estacionar en un lugar no permitido, portar una licencia de conducir vencida o impida el ejercicio de las funciones de los inspectores municipales, dentro de un año, al próximo, podría ser expulsado, según la idea legislativa.

“Sin desmedro de los derechos de los nacionales”

De acuerdo a la Cámara, el proyecto de reforma a la Ley de Migraciones establece, entre otras cosas, que el Estado se inclinará a proteger y respetar los Derechos Humanos de los extranjeros que se encuentren en Chile, eso sí, “sin desmedro de los derechos de los nacionales”.

En ese sentido, la idea legislativa propone que de existir las mismas condiciones económicas, sociales o de vulnerabilidad, “la situación migratoria no será una circunstancia de ventaja con respecto a los nacionales”.

¿Extranjeros tendrán derecho a Educación y Salud?

Acorde a la ley de Migraciones actual, los extranjeros residentes o en condición migratoria irregular tienen derecho a la salud, pero con el proyecto, se especifica que el último grupo, “los establecimientos de salud respectivos deberán requerir el enrolamiento”, es decir, solicitar el Rol Único Nacional (RUN, también conocido como RUT).

Asimismo, el proyecto agrega que “si existen las mismas condiciones económicas, sociales o de vulnerabilidad, la situación migratoria no será una circunstancia de ventaja o de priorización con respecto a los nacionales”.

En cuanto al acceso a la educación, se mantendría el derecho a optar a enseñanza preescolar, básica y media a los extranjeros menores de edad establecidos en Chile, en las mismas condiciones que los nacionales. Sin embargo, se elimina el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley de Migraciones, que indica que “los extranjeros podrán acceder a las instituciones de educación superior en igualdad de condiciones que los nacionales. Asimismo, podrán optar a la gratuidad universitaria”.

Revisa aquí el proyecto de reforma de Ley de Migraciones