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Cientos de personas fueron informadas por el Servel que deben ser vocales de mesa en las elecciones municipales y regionales del 26 y 27 de octubre, con fecha límite para excusarse entre el lunes 7 y miércoles 9 de octubre. El sábado 12 se publicará la lista final de vocales. Las causales para excusarse incluyen estar ausente del país, tener más de 70 años, estar hospitalizado, embarazada, entre otros. El incumplimiento conlleva multas de entre .000 y .000.

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Cientos de personas fueron informadas este sábado por el Servicio Electora (Servel), que les toca realizar la labor de vocal de mesa para las próximas elecciones municipales y regionales del 26 y 27 de octubre, por lo cual ya hay fecha para excusarse, ¿cómo, cuándo y dónde hacerlo?

Recordemos que en las mencionadas fechas, todos los habilitados para votar, deben elegir los próximos alcaldes, concejales, gobernadores y concejeros regionales en todo Chile.

Cabe consignar que para estas elecciones es válido el voto obligatorio, así como la labor de los vocales de mesa llamados, que tienen la obligatoriedad de cumplir con el trabajo. De no hacerlo, la ley establece sanciones y multas.

¿Cómo excusarse de ser vocal de mesa?

Quienes hayan resultado elegidos vocales de mesa, pero estén en alguna de las causales contempladas por la renovada Ley 18.700 para excusarse de cumplir ese rol, tendrán plazo para excusarse, entre el lunes 7 y miércoles 9 del octubre.

Las excusas deberán ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva.

En tanto, el sábado siguiente, el 12 de octubre, se publicará la nómina final y corregida de vocales de mesa, con los reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores, quitando a quienes ya se excusaron.

¿Cuáles son las causales para excusarse?

Quienes se vean imposibilitados de ejercer su función como vocales de mesa para las elecciones del 26 y 27 de octubres, pueden invocar algunas de las inhabilidades contempladas en el artículo 44 de la mencionada Ley 18.700 para excusarse:

  • Ser designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado a más de 300 kilómetros de distancia.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que las elecciones.
  • Personas embarazadas.
  • Padre o madre de un hijo menor de 5 años.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.
  • De acuerdo al Servel toda persona que quiera presentar alguna de las excusas, debe acreditarla de manera formal ante el Delegado del local el día del plebiscito, o ante el Juez de Policía Local si llegaren a ser citados con posterioridad.

    Es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM, es decir, entre $132.000 y $531.000.