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La nueva Ley de Etiquetado de Alcoholes, vigente desde el 7 de julio, establece restricciones en la exhibición, comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas en Chile. La normativa, detallada en la Ley N° 21.363, introduce exigencias como la inclusión de las calorías en el etiquetado, la prohibición de dirigir la publicidad a menores y la obligación de incluir advertencias sanitarias sobre los riesgos del consumo de alcohol. Los sellos, similares a los de la Ley de Etiquetado de Alimentos, serán de forma octagonal y contendrán advertencias gráficas relacionadas con el alcohol y la salud, como la conducción, embarazo y edad mínima de consumo. La iniciativa busca informar a los consumidores y regular la promoción de estas bebidas en diversos medios.

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Una nueva Ley de Etiquetado de Alcoholes entró en vigencia este domingo 7 de julio. La normativa entrega nuevas condiciones para el etiquetado, comercialización y publicidad de los productos.

Se trata de la Ley N° 21.363, que fue promulgada el 6 de agosto de 2021 y que establece restricciones respecto la exhibición de bebidas alcohólicas en medios y su apariencia.

Las nuevas exigencias de la Ley de Etiquetado de Alcoholes

Según detalla el Diario Oficial, el reglamento no solo establece pautas sobre una nueva rotulación, sino que también busca informar a los consumidores sobre los riesgos asociados con el consumo de alcohol, así como también regular la promoción de estos productos.

A partir de ello es que la iniciativa obliga a las empresas que venden bebidas alcohólicas a lo siguiente:

1. Rotular las calorías de estos productos.

2. No dirigir su publicidad a menores de edad.

3. No publicitar bebidas alcohólicas en TV entre las 06:00 a 22:00 horas.

4. No publicitar bebidas alcohólicas en la radio entre 16:00 a 18:00 horas.

5. Rotular advertencias sanitarias, respecto al consumo de alcohol y sus efectos con el embarazo, conducción, y menores de 18 años. Estos sellos y advertencias no pueden ir incluidos en collarines o en huinchas promocionales fácilmente descartables.

6. Incorporar en toda publicidad las advertencias sanitarias, ya sea en medios de comunicación escrita, o carteles o avisos publicitarios de todo tipo, sean ellos físicos o virtuales, publicidad audiovisual y avisos radiales.

Así serán los sellos

Similares a los sellos de la Ley de Etiquetados de Alimentos, en el caso de los alcoholes, también tendrán forma octagonal, aunque cambiará el contenido.

El Manual de Normas Gráficas para Mensajes y Gráficas de Advertencia y Valor Energético de Bebidas Alcohólicas detalla que los envases deberán tener impresa o adherida una advertencia gráfica, que para estos efectos se incluirá en la cara o etiqueta posterior del respectivo envase, caja o embalaje de carácter promocional.

En este caso serán de color blanco y negro, conformada por un rectángulo, compuesto por tres símbolos octogonales, con un auto, una mujer embarazada y un número 18 según las etiquetas, colores y proporciones establecidas por ley. Estos sellos no pueden modificarse ni utilizarse por separado.

Asimismo, incorpora una leyenda que indique “ADVERTENCIA. El consumo nocivo de alcohol daña tu salud”.

A continuación revisa los nuevos sellos que deberán ser incluidos en la publicidad y envases de bebidas alcohólicas:

Así son los nuevos sellos y prohibiciones en comercio y publicidad de alcoholes por ley de etiquetado
Minsal
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