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La Tesorería General de la República de Chile recuerda que el segundo pago de las Contribuciones vence el 30 de junio, siendo extendido hasta el 1 de julio por caer en fin de semana. Se puede realizar el trámite en oficinas, sucursales bancarias, o a través del sitio web tgr.cl. Además, se informa que existen exenciones para adultos mayores, propiedades de bajo avalúo e instituciones sin fines de lucro, con requisitos específicos que deben cumplirse.

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El pago de la cuotas de Contribuciones forma parte de las obligaciones de todo propietario de bienes raíces en Chile. Se trata de impuestos territoriales, calculados basándose en el avalúo fiscal de las propiedades.

La Tesorería General de la República (TGR) establece fechas límite para el pago de estas. En ese sentido, conviene tenerlas en cuenta a la hora de organizar los presupuestos familiares.

¿Cuándo es el segundo pago de las Contribuciones en 2024?

Como cada año, el pago de Contribuciones se divide en cuatro cuotas. La primera de ellas venció el pasado 30 de abril, y la próxima está programada para fin de mes, es decir, el 30 de junio. Sin embargo, al caer un fin de semana, el plazo se extendió hasta el lunes 1 de julio.

El trámite puede realizarse en una oficina de la TGR, alguna sucursal bancaria, locales de Sencillito o Caja Vecina. Sin embargo, las autoridades alientan a que quienes puedan lo realicen a través del sitio web de la Tesorería, es decir, tgr.cl.

¿Quiénes pueden estar exentos de pagar?

Como una forma de proteger económicamente a aquellos sectores más vulnerables, es que pueden existir algunas excepciones o rebajas en el pago de contribuciones. Esto aplica para:

Adultos Mayores: La ley contempla una exención del pago de contribuciones para aquellos adultos mayores de 60 años en el caso de mujeres; y 65 años, para hombres, bajo ciertos criterios de ingresos y valor tasado de la propiedad. A esto se le conoce como Beneficio de Adulto Mayor.

Propiedades de bajo avalúo: Inmuebles con un avalúo fiscal que no superan los $35.488.530, específicamente destinados a la vivienda, pueden ser exentos del pago de contribuciones.

Instituciones sin fines de lucro: Propiedades utilizadas por instituciones educativas, de beneficencia, religiosas o culturales sin fines de lucro pueden acceder a rebajas o incluso exenciones totales, en reconocimiento a su contribución social y comunitaria.

Si consideras que cumples con alguno de los requisitos establecidos, el paso siguiente es presentar su solicitud ante el SII, proporcionando la documentación necesaria que demuestre su elegibilidad, según el tipo de exención solicitada. Ante dudas, consultar directamente con la institución.