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Los propietarios de vehículos particulares tienen 12 meses para cumplir con esta exigencia, mientras que los vehículos nuevos tienen un plazo de 4 meses a partir del 14 de agosto de 2024. El plazo límite para grabar la patente en vidrios y espejos de autos usados es el 14 de mayo de 2025, y para autos nuevos es el 14 de diciembre de 2024. El grabado debe ser permanente y legible, con tamaños específicos en vidrios y espejos.

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Con la reciente publicación en el Diario Oficial, ha comenzado oficialmente la implementación del nuevo reglamento de grabado de patentes en vehículos motorizados en el territorio nacional, de acuerdo a la ley 21.601, cuyo principal objetivo es reducir el robo de piezas de vehículos.

Según el nuevo reglamento, los propietarios de vehículos particulares tienen un plazo de 12 meses para cumplir con esta exigencia, mientras que aquellos que sean nuevos tendrán 4 meses para adecuarse a la normativa. ¿Desde qué fecha empieza a correr este plazo?

¿Cuál es la fecha exacta para cumplir con el grabado de patentes según la ley y el reglamento?

A partir de la información señalada anteriormente, se estableció que el plazo máximo para tener grabada la patente del vehículo en vidrios y espejos en autos usados es el próximo 14 de mayo de 2025.

¿Y los autos nuevos? Solo se considerarán como “nuevos” aquellos autos comprados desde el 14 de agosto de este año. A partir de esa fecha empezarán a correr los 4 meses establecidos en el reglamento. Es decir, el 14 de diciembre es el plazo máximo para grabar la patente en autos nuevos.

El ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, subrayó que aquellos propietarios que ya han realizado el grabado de la patente quedarán exentos, siempre y cuando el grabado sea permanente, legible y esté presente en los vidrios y espejos requeridos.

¿Qué características debe tener el grabado?

La normativa especifica que el grabado debe ser permanente, lo que implica que debe haber un desgaste en el vidrio y los espejos.

Para las letras y dígitos de los vidrios, el tamaño del grabado debe ser entre 7 y 10 milímetros de altura. Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.

Es importante destacar que ciertos vehículos, como los de labores policiales, de las Fuerzas Armadas y vehículos extranjeros en tránsito temporal, están exentos de esta obligación. Asimismo, vehículos con la patente pintada en los costados, como taxis y camiones, solo deben realizar el grabado en los espejos laterales y el parabrisas.

En caso de incumplimiento a la norma, se considera una falta grave, aplicable solo después de cumplido el periodo de regularización de 12 meses. También se verificará su cumplimiento durante las inspecciones de Revisión Técnica.