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En Chile, la tasa de desempleo actual es del 8,0%, según el INE. Para los cesantes, existen ayudas económicas como el Seguro de Cesantía (AFC), donde trabajadores y empresas aportan mensualmente para luego retirar fondos al quedar sin empleo. También está el Fondo de Cesantía Solidario, financiado con aporte estatal y del empleador, que puede ser solicitado hasta 10 veces en cinco años. Otro beneficio es el Subsidio de Cesantía, para trabajadores independientes sin ahorros en la AFC, ofreciendo apoyo económico y asistencia médica por casi un año.
¿Estás al tanto de los beneficios a los que pueden acceder quienes están cesantes en Chile? Acá te contamos.
La cesantía puede resultar una etapa muy compleja para muchas personas, considerando los gastos que deben cubrir sin estar en un trabajo y, por lo tanto, sin ingresos.
De acuerdo a cifras del trimestre móvil noviembre 2024 – enero 2025, del Instituto Nacional de Estadísticas, la tasa actual de desempleo es de 8,0%. En tanto, la tasa anual de 2024 fue de 8,5%.
Para todos esos casos, en Chile existen diferentes ayudas económicas para quienes están viviendo una etapa similar. Algunas son cubiertas por parte del Estado y otras son administradas por entes públicos; pero todas coinciden en que se trata de un beneficio temporal, mientras la persona está en la búsqueda de una nueva fuente laboral y cumpla los requisitos exigidos.
¿Qué beneficios hay en Chile para personas cesantes?
Seguro de Cesantía (AFC)
Mensualmente, los trabajadores dependientes con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio en Chile, aportan de manera legal un porcentaje corresponde al 0.6% desde su remuneración imponible, al Seguro de Cesantía, que está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
En tanto, la empresa contratante aporta con el 2,4%, completando el 3% total. Cuando una persona queda sin trabajo, puede retirar el dinero acumulado en esta cuenta, mediante giros mensuales, según el porcentaje de remuneración.
Los requisitos para cobrarlo son:
-Estar cesante.
-Haber tenido un contrato regido por el Código del Trabajo.
-Tener cédula nacional chilena.
-Si el beneficiario tuvo contrato indefinido o fue trabajador de casa particular, necesita demostrar 10 cotizaciones.
-Los empleados que tuvieron contrato fijo o por obra necesitan demostrar 5 cotizaciones.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Una alternativa al Seguro de Cesantía es el Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Este sirve, por ejemplo, para aquellos casos de quienes no cuentan con este seguro, sus ahorros no sean suficientes o llegaran a su fin.
Este se financia con aporte estatal y con el 0,8% de la cotización del empleador (para quienes tienen contrato indefinido) o el 0,2% de la cotización del empleador (si es contrato a plazo fijo, por obra o faena).
Una persona puede acceder este beneficio, hasta 10 veces en cinco años, y está destinado a personas que:
-Estén cesantes al momento de la solicitud.
-Sus recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio.
-Tengan 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido.
-Posean tres últimas cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
-Su contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
-Activen su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y acepten las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.
-Cuenten con 8 cotizaciones pagadas (cualquier tipo de contrato), en caso de haber perdido el trabajo en una zona decretada en Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, zonas afectadas por un desastre natural o alerta sanitaria compleja.
Subsidio de Cesantía
El último de los beneficios para personas cesantes aplica para trabajadoresndependientes que estén sin trabajo y que no cuenten con ahorros en la AFC. Estos pueden utilizar el llamado Subsidio de Cesantía, pagado por el Instituto de Previsión Sociales (IPS) o cajas de compensación.
Este contempla un aporte económico mensual por casi 1 año y ofrece asistencia médica gratuita, además de entregar distintas asignaciones por miembros de la familia del beneficiado o por muerte de uno de ellos.
Los requisitos para acceder el beneficio de cesantía son:
-Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
-Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
-Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
-Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
-Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).