Por J. Ignacio Núñez Leiva
Profesor de Derecho Constitucional

El sindicato de futbolistas profesionales (SIFUP) ha anunciado una paralización. Uno de sus motivos es la decisión de la ANFP que transformaría al torneo de segunda división en una competencia donde pueden participar futbolistas de hasta 23 años.

Esta medida operaría como una especie de acción afirmativa para promover espacios a jóvenes deportistas que hoy se verían postergados en el esquema vigente. Todo, con el propósito de renovar la proyección del fútbol nacional.

Para el SIFUP, esto afectaría los derechos del gremio, especialmente su libertad de trabajo, además de implicar un acto discriminatorio.

Revisando la normativa constitucional y legal, parece que la razón está de parte de los trabajadores del balompié. La Constitución es clara al establecer que la edad puede ser un factor para delimitar el desempeño de ciertos trabajos, pero, siempre y cuando, lo determine una ley. No una entidad privada.

Por otra parte, el Código del Trabajo establece que las segregaciones en base a la edad pueden afectar los derechos fundamentales de los trabajadores.

Debido a lo anterior, es que – la Dirección del Trabajo en un reciente dictamen – ha catalogado de inconstitucional e ilegal la medida.

Este caso es un buen ejemplo para demostrar que los derechos fundamentales resguardan bienes que han de ser respetados en todos los espacios, aunque no sea popular hacerlo o existan objetivos que nos tienten a olvidarlos.

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