Se debe abrir el camino para el pleno reconocimiento de quienes están encarcelados como sujetos políticos de derechos, cuya participación debe ser promovida, respetada y garantizada.
El pasado 27 y 28 de octubre, más de 13 millones de chilenas y chilenos concurrieron a sus locales de votación para elegir a sus representantes comunales y regionales. De las más de 40 mil mesas que se constituyeron a nivel nacional, 19 se encontraban dentro de un recinto penitenciario.
El derecho a voto en las cárceles: avances recientes y desafíos pendientes
La Constitución establece que aquellas personas condenadas a menos de 3 años y un día, y aquellas que estando privadas de libertad no hayan sido aún condenadas, mantienen vigente su derecho a sufragio. Sin embargo, en la práctica y por décadas, se impidió que la población privada de libertad pudiera ejercer este derecho, pues no existían mecanismos que lo hicieran posible.
Esta situación cambió para el plebiscito constitucional del 4 de septiembre de 2022, donde en distintas cárceles del país, se permitió la instalación de mesas receptoras de sufragio para que, tanto personas privadas de libertad como funcionarios y funcionarias de Gendarmería, pudieran ejercer su derecho a voto dentro de su recinto penitenciario.
Esto fue posible luego de la insistencia de organizaciones de Derechos Humanos y la publicación de la ley Nº 21.385, que privilegia la cercanía al domicilio del elector al asignar local de votación, lo que permitió a personas privadas de libertad que así lo quisieran, cambiar su domicilio electoral a la dirección del centro penitenciario en el que se encontraran.
Falencias que limitan la participación electoral de personas privadas de libertad
Pese a la importancia que la participación electoral de las personas privadas de libertad representa para el fortalecimiento de nuestra democracia, los últimos procesos electorales dan cuenta de que las trabas y dificultades persisten sin ser debidamente atendidas por las instituciones competentes.
En primer lugar, las instituciones han fallado en la implementación de mecanismos que faciliten la inscripción y participación de personas en prisión. Ni el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ni el Servicio Electoral han dado a conocer un plan para informar a quienes puedan votar sobre sus derechos, para operativizar los procesos de cedulación o para facilitar el cambio de domicilio electoral al recinto penitenciario.
Por otra parte, como ocurre también en el medio libre, existen altos niveles de desinformación entre los electores dentro de las cárceles. Esta falta de información no alcanza solo a la elección misma, sino también a cómo hacer el cambio de domicilio electoral; qué consecuencias tiene que el voto sea obligatorio; qué implica ser designado vocal de mesa; etc. Este desconocimiento, sumado a una desconfianza y una apatía generalizada hacia las instituciones del Estado, también son obstáculos en la implementación del voto preso.
baja participación electoral
Estos déficits del Estado podrían explicar, al menos en parte, que pese a un informe de Gendarmería de 2022 que indicaba que alrededor de 10.000 personas privadas de libertad estaban habilitadas para votar, solo 770 -de las 1.029 que cambiaron su domicilio electoral- ejercieron su derecho en el plebiscito de septiembre de ese año.
Esta tónica de baja participación se ha mantenido en las votaciones sucesivas. Para el plebiscito constitucional de diciembre de 2023, 1.307 personas cambiaron su domicilio electoral para poder votar en un recinto penitenciario.
Sin embargo, solo 737 efectivamente lo hicieron. Asimismo, en la elección sostenida hace un mes, 1.200 personas estaban inscritas en alguna mesa al interior de un centro penitenciario, pero solo 795 finalmente votaron, evidenciando un 67% de participación versus un 84% de participación a nivel nacional. Esto es aún más preocupante considerando el aumento significativo de personas privadas de libertad que se ha producido en los últimos dos años.
Elecciones futuras: ¿cómo garantizar el pleno ejercicio del derecho a voto en cárceles?
En pocos días se llevará a cabo la segunda vuelta de Gobernadores Racionales en 11 regiones, y el 2025 tendremos elecciones parlamentarias y presidenciales. Se han conseguido avances fundamentales en materia de derechos políticos de personas privadas de libertad, pero siguen habiendo desafíos para la plena participación de este grupo.
Es imperante que las autoridades establezcan acciones coordinadas que permitan sistematizar lo que implica un proceso eleccionario dentro de un recinto penitenciario: establecer con anticipación suficiente el número de personas habilitadas para sufragar en cada recinto; realizar el proceso de cambio de domicilio electoral entregando toda la información necesaria al respecto; en conjunto con el Registro Civil, facilitar la cedulación de los electores y realizar instancias de educación cívica que permitan a electores llegar informados al momento de sufragar.
Debemos recordar que el respeto de los derechos civiles y políticos de la población penal es esencial para tener democracias sólidas que incorporen las voces de todos los grupos que la componen.
Se debe abrir el camino para el pleno reconocimiento de quienes están encarcelados como sujetos políticos de derechos, cuya participación debe ser promovida, respetada y garantizada.