A través de profesionales expertos en la materia, tomamos conocimiento de irresponsables prácticas en el sector de la construcción en relación con el incumplimiento, avalado por la negligente Administración del Estado, de la normativa de protección pasiva contra incendios en estructuras de acero mediante pinturas intumescentes.
Según el diccionario de la Real Academia Española (RAE), la palabra intumescente significa “que se va hinchando”. En efecto, esas pinturas frente al aumento de temperatura que genera un incendio aumentan prodigiosamente su espesor para generar una capa protectora del acero. Esa protección otorga más tiempo a las personas para evacuar el recinto y a los equipos de emergencia para contener las llamas y así evitar el colapso de la estructura. El Capítulo 3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) trata detalladamente las condiciones de seguridad contra incendio y clasifica como protección pasiva el uso de revestimientos intumescentes.
Según los antecedentes aportados por dichos especialistas, la práctica habitual en nuestro país es que la certificación de la correcta aplicación de las pinturas intumescentes es realizada por empresas no acreditadas, que no realizan los ensayos que indica la normativa. Entonces ¿cuál es el problema? Simplemente que no está garantizada la protección de las estructuras de acero y frente a un incendio pueden colapsar, ya que el acero pierde sus propiedades resistentes a partir de ciertas temperaturas, como las que se producen en un incendio.
Un hecho que nos parece de la mayor gravedad, es que los antecedentes disponibles, indicarían que el aeropuerto internacional Arturo Merino Benítez en la comuna de Pudahuel incumple la norma NCh3040.Of 2007, al no contar con un informe de inspección de la protección pasiva contra el fuego de las estructuras de acero de ese recinto, que es estratégico para el normal funcionamiento del país, entregado por un organismo acreditado según el procedimiento descrito en dicha norma.
La norma NCh3040.Of 2007 tiene los siguientes alcances:
• Es aplicable a elementos estructurales de acero.
• Define ensayos de inspección físicos y químicos.
• Es aplicable a pinturas intumescentes en base acuosa y base solvente.
• Define responsabilidades del mandante, fabricante de pinturas, aplicador de pinturas e inspector de pintura.
En las inspecciones realizadas, según esta norma, se han rechazado obras por fallas en la prueba de intumescencia, situación imposible de detectar si no se aplican los ensayos físico-químicos que define la norma, por lo tanto, es un gran avance respecto a la sola medición de espesor seco de pintura, anteriormente usado como método de verificación.
En la misma comuna de Pudahuel, el 2 de marzo de 2020 ocurrió un mayúsculo incendio en el Centro Logístico Puerto Madero de la empresa Bodegas San Francisco falleciendo 4 personas. Esas bodegas, al igual que la mayoría de ese tipo de instalaciones, son estructuras de acero que posiblemente no cuentan con certificación de su protección pasiva contra el fuego otorgada con estricto apego a la norma. Así queda en evidencia al revisar los Certificados de Recepción Definitiva de diversas instalaciones en esa comuna, donde figuran informes sobre la aplicación de las pinturas intumescentes entregados por empresas no acreditadas como Ceresita, Creizet, Renner y Tricolor, que son las fabricantes de las pinturas.
¿Por qué no se cumple la ley en este ámbito? Por la sencilla razón de que cumplirla encarece las obras y por ende se reduce la rentabilidad del negocio de la construcción. Frente a una tragedia, como la ocurrida en el Centro Logístico Puerto Madero, la totalidad de los agentes públicos como de los actores privados se han lavado las manos.
Como todo indica que la situación de Pudahuel se repite a lo largo y ancho del país, recurrimos a la Contraloría General de la República denunciando estas prácticas ilegales. En su respuesta, del 29 de diciembre de 2021 mediante el oficio Nº E169797, el organismo de fiscalización evitó pronunciarse, pero trasladó los antecedentes a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo para que se nos entregara respuesta en un plazo de 15 días hábiles, ver link.
Como no obtuvimos respuesta dentro de ese plazo por parte de tal Subsecretaría, tuvimos que insistir en la Contraloría con una nueva presentación de fecha 7 de febrero de 2022, en trámite hasta ahora, ver link.
Recientemente hemos visto en televisión nuevos antecedentes sobre los incendios en las estaciones del Metro ocurridos en 2019 con motivo del estallido social y hasta ahora, nadie ha dado una satisfactoria explicación de cómo se generó tanto daño. Nuevamente nos preguntamos ¿cuentan con certificación las pinturas intumescentes aplicadas en las estructuras de acero de las estaciones del Metro?
Teniendo en cuenta que la Contraloría y la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo parecen no tener mayor interés en el asunto, nos vemos compelidos a recurrir al fiscal nacional, Jorge Abbott, para que tome cartas en el asunto y en tal sentido nos ponemos a su entera disposición para que el Ministerio Público exija que las normas legales existentes en el país se cumplan.
Es evidente que, si se llegara a normalizar la situación relatada, los principales beneficiados serán nuestros heroicos bomberos que trabajan ad honorem y como consecuencia de ello, se salvarán de morir muchos compatriotas y una vez más le hacemos un llamado a los que gobiernan el país para que, mediante una modificación a su ley orgánica constitucional, se le entreguen mayores atribuciones a la Contraloría. No puede ser posible que sus completísimos dictámenes e informes “vinculantes” sean desacatados con total impunidad y nadie dice nada.
Si de verdad se desea combatir la corrupción, como muchas autoridades lo expresan seriamente en publicaciones de prensa, el órgano fiscalizador debe transformarse para tener dientes de león y en paralelo aceptar todas las denuncias que recibe, pues en casos exige “legitimación”, es decir tener un interés propio, para que los ciudadanos acusen a los pillos enquistados en el servicio público.
Por último, sería interesante saber qué acciones han adoptado sobre esta materia el Colegio de Ingenieros, el Colegio de Constructores Civiles, el Colegio de Arquitectos, la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) y obviamente el mediático y locuaz Juan Sutil, acérrimo defensor de la certeza jurídica y del apego a la ley en los proyectos de inversión.