El Noveno Juzgado de Garantía de Santiago acogió los argumentos de la defensa de la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, y determinó su salida de la cárcel.
Ahora, la exjefa comunal ligada a Chile Vamos, acusada de corrupción, volverá al arresto domiciliario total que cumplió entre enero y noviembre.
La decisión judicial fue confirmada por el abogado de Barriga, Cristóbal Bonacic, quien declaró a los medios que el tribunal acogió los argumentos de que “la prisión preventiva tiene un carácter excepcional”.
El profesional cuestionó duramente la decisión que dejó en la cárcel a su representada, ya que a su juicio nunca hubo antecedentes que justificaran que fuera apresada luego de 10 meses con arresto domiciliario.
Junto con ello, confirmó que también fue determinante la terapia de uno de los hijos de Barriga, que está en el espectro autista, y que era llevado por ella misma a las consultas.
“Tenemos la firma convicción que (en juicio oral) vamos a tener una sentencia absolutoria”, declaró.
Fiscalía apelará a la decisión
La Fiscalía Oriente ya anunció que irá a la Corte de Apelaciones para revertir la decisión del tribunal. Así lo confirmó la fiscal Constanza Encina.
“Creemos que la corte lo va a revertir”, señaló.
Ella declaró que sigue teniendo la convicción de que Barriga es un peligro para la sociedad y que no considera que lo de hoy sea un revés, ya que no se cuestionaron los antecedentes de la indagatoria.
De hecho, Encina explicó que la Fiscalía expuso “nuevos y mejores antecedentes que avalan la teoría del Ministerio Público”. Esto es, que Barriga es autora de delitos de corrupción.
“Tuvo en consideración la situación del hijo, en la que nuevamente la defensa señaló que es importante que ella pueda estar con él”, aseveró.
Barriga estuvo en prisión preventiva desde el 12 de noviembre pasado, luego de haber estado casi 10 meses en arresto domiciliario total. Tras poco más de un mes, regresará a su hogar.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)