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Este jueves se realizó la audiencia de revisión de medidas cautelares para la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, imputada por fraude al Fisco y falsificación de instrumento público durante su mandato entre 2017 y 2021. El 9.º Juzgado de Garantía de Santiago decidió mantener el arresto domiciliario total que le fue impuesto el 16 de enero.

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Este jueves se llevó a cabo la audiencia de revisión de medidas cautelares para la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, por petición de su defensa.

Recordemos que la ex jefa comunal es imputada por delitos de fraude al Fisco y falsificación de instrumento público. Los cuales habría cometido durante su periodo de administración, entre 2017 y 2021.

El 9.º Juzgado de Garantía de Santiago decidió mantener el arresto domiciliario total, que se decretó el pasado 16 de enero. Además de arraigo nacional y la prohibición de comunicarse con otros imputados y testigos del caso.

Cabe mencionar que el próximo 13 de septiembre, se llevará a cabo la audiencia de reformalización de cargos contra la ex modelo, a petición de la Fiscalía Oriente.

Al respecto, la fiscal Constanza Encina, explicó que “tiene por objeto precisar los aspectos que fueron descubiertos en el peritaje contable que se realizó por parte de la funcionaria de la Contraloría General de la República”.

Agregando que dentro de los hallazgos, se consideró relevantes “aquellos montos y aquellas maniobras que nosotros vamos a afinar y detallar en la audiencia”.

Lo anterior, según el abogado querellante y representante del Municipio de Maipú, José Pedro Silva, en conversación con Radio Bío Bío. Quien también reveló que habría nuevos antecedentes para presentar frente al Noveno Juzgado de Garantía de Santiago.

Anteriormente, en mayo, ya se habían revisado las cautelares de Barriga tras un presunto incumplimiento del arresto domiciliario. Sin embargo, en esa ocasión también se mantuvo la medida que fue decretada desde su formalización en enero de este año.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)