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Un segundo delincuente del Tren de Aragua se entregó voluntariamente en la Cuarta Comisaría de Santiago, tras ser liberado por el Tribunal de Los Vilos debido a una deficiente presentación de la Fiscalía. Se trata de Jordan Salas, quien se presentó con su abogado, Franco Navarrete, confirmando la información a Radio Bío Bío. El defensor asegura que su representado no tiene vínculos con los otros imputados ni pertenece al Tren de Aragua.

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La madrugada de este viernes se entregó un segundo delincuente del Tren de Aragua, quien fue liberado por el Tribunal de Los Vilos tras una audiencia donde la Fiscalía tuvo una paupérrima presentación.

Se trata de Jordan Salas, quien se presentó en la Cuarta Comisaría de Santiago junto a su abogado, Franco Navarrete.

Fue el propio defensor quien confirmó la información a Radio Bío Bío.

Mira la entrevista:

“Don Jordan Salas se puso en contacto conmigo. Nos juntamos en la madrugada de este día y decidimos hacer una entrega de carácter voluntario a la Cuarta Comisaría de Santiago. Él se había mantenido con una información durante la tarde, que al parecer tendría una orden de detención”, relató el profesional.

Agregó que Salas “estuvo dos días que no vio televisión ni comunicado, básicamente porque salió y escogió estar con su familia, durmió. A momento que se enteró de que eventualmente tenía una orden de detención, se puso en contacto con la defensa, y en ese sentido la recomendación fue que se presentara de manera voluntaria directamente a la unidad policial para consultar si realmente esta orden era efectiva. Lo que efectuamos e hicimos a eso de las 5:25 de la madrugada”.

Navarrete detalló que, pese a que la investigación se lleva en Los Vilos, su defendido siempre ha estado en la capital y cumplía la prisión preventiva en la cárcel Santiago 1.

Asegura que representado no es del Tren de Aragua

El abogado aseguró que Salas “no mantiene ningún vínculo con las otras personas respecto de la causa”.

“La decisión es individual y particular en consideración a que se daba cuenta que mantenerse ajeno a la justicia era un muy mal ejercicio, por lo tanto, la recomendación fue que se entregara, se logró despedir de su esposa, e ingresó”, añadió.

Según Navarrete, su defendido “no tendría participación respecto del hecho, y esas son las motivaciones por las cuales hace presentarse de manera voluntaria a esta causa”.

Junto con ello, aseveró que habría realizado una conducta sin saber que tendría relación con el secuestro y que no pertenecería al Tren de Aragua.

“Respecto de la participación que se le imputa, es una participación secundaria donde él eventualmente habría realizado una conducta o una acción en la cual se habría requerido por parte de esta organización, que tiene que ver con algo técnico. Él posteriormente se mantuvo en su lugar de trabajo, posteriormente hubo una orden de detención en contra de él, pero no pertenecería a ningún grupo, sino simplemente que se le requirió que específicamente realizara una acción, el cual ignoraba él que era parte de este hecho que se está investigando”, aseveró.

Secuestro agravado

Todo esto se enmarca en una causa donde los cinco imputados están acusados de secuestro agravado y otros delitos.

Luego de una deficiente presentación de la Fiscalía, la jueza de Los Vilos, Daniella Pinto Cortés, revocó la prisión preventiva de los individuos.

Según los audios de la audiencia, revelados por BBCL Investiga, el abogado que actuó como fiscal, Luis Soto Pérez, no pudo argumentar por qué todos ellos debían seguir tras las rejas. Esto pese a los llamados de atención e incluso pistas que le dejó la magistrado para reforzar su postura.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones revocó el fin de su prisión preventiva, pero solo cuatro de ellos pagaron la caución para concretar su salida de la cárcel.

De ellos, dos ya están recapturados y otros dos prófugos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)