Región Metropolitana
Esposado y escoltado por Gendarmería: así salió Daniel Jadue del tribunal que lo dejó preso
Lunes 03 junio de 2024 | 11:02
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El alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), quedó en prisión preventiva tras ser formalizado por delitos de corrupción, considerado un peligro para la sociedad por la Fiscalía Centro Norte. Se le imputaron cargos como administración desleal, estafa, cohecho, delito concursal y fraude al fisco en su rol como presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp). Jadue cumplirá la medida cautelar en el anexo Capitán Yáber, donde fue trasladado tras la audiencia, siendo esposado por Gendarmería.
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En prisión preventiva quedó el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), quien fue formalizado por varios delitos asociados a la corrupción.
La jueza Paulina Moya, del Tercer Tribunal de Garantía de Santiago, acogió los argumentos de la Fiscalía Centro Norte, que consideró al jefe comunal un peligro para la sociedad.
El órgano investigativo le imputó los cargos de administración desleal, estafa, cohecho, delito concursal y fraude al fisco.
Todo eso se enmarca en medio de la gestión de Jadue como presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp), cuestionada por los querellantes.
El alcalde cumplirá la prisión preventiva en el anexo Capitán Yáber, hasta donde fue trasladado en los últimos minutos.
Cuando terminó la audiencia, fue esposado por personal de Gendarmería y trasladado a dicha unidad penal por una vía interna.
Junto a él iba José Matías Muñoz, exsecretario ejecutivo de Achifarp, quien también quedó con prisión preventiva.
Él es apuntado como mano derecha de Daniel Jadue. A él se le imputan casi los mismos delitos, porque se le añadieron los de malversación de caudales públicos y lavado de activos.
Revisa el momento:
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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