Los fiscales adjuntos de la Fiscalía Metropolitana Sur, Leonardo Zamora y Víctor Núñez, solicitaron al 15° Juzgado de Garantía de Santiago la medida cautelar real de prohibición de celebrar todo acto o contrato sobre la propiedad del exalcalde de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera, ubicada la calle Álvaro Casanova en La Reina.

Este jueves, la justicia aceptó dicha solicitud.

La petición de los persecutores, plasmada en un escrito de 44 páginas, se fundamentó en que dicho bien raíz, adquirido por Aguilera y su cónyuge por un monto de $339.557.518 millones en 2016, ha sido cancelado con dineros “ocultados o disimulados”.

Según el documento, el exmilitante socialista “con el objeto de ocultar o disimular el origen ilícito de los bienes provenientes de los delitos de enriquecimiento ilícito y cohecho cometidos por sí mismo, en el periodo comprendido entre el 06 de diciembre de 2012 y diciembre de 2017, (…) realizó diversas maniobras para adquirir, poseer, tener o usar los referidos bienes, con ánimo de lucro”.

Para concretar el presunto ilícito, expusieron los fiscales, Aguilera realizó “ocultamiento por fraccionamiento” o “pitufeo”, como también se conoce. Es decir, dividió en pequeños montos “transacciones de dinero aparentemente aisladas (…) con el objetivo de no generar sospechas y evitar controles” de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

La investigación apunta a las cuentas bancarias del exalcalde, de los bancos Estado y Santander, en los que se realizaron una serie de depósitos en efectivo y otros movimientos. Dichos dineros, según el texto, habrían sido “destinados para adquirir, poseer, tener y usar” el inmueble “con ánimo de lucro”.

El penalista Juan Carlos Manríquez explicó que la medida cautelar real tiene por objetivo “evitar que salgan del patrimonio de personas indagadas bienes, efectos de algunos bienes o dineros que se investigan como consecuencia de un delito base, en este caso, un eventual delito de corrupción pública”.

Por tanto, agregó, la solicitud de los persecutores es “asegurativa”, ya que más tarde con dichos bienes se podrían pagar indemnizaciones, costas u otros gastos “si se establece que son efecto o instrumento de un delito, o bien se han acumulado o disimulado con dineros provenientes del delito base”.

Aguilera fue formalizado el pasado 26 de julio por los delitos de enriquecimiento ilícito, cohecho pasivo y lavado de activos, quedando con la medida cautelar de prisión preventiva, ratificada posteriormente por la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)