La Corte de Apelaciones de Santiago anuló el juicio contra el hombre condenado por el delito frustrado de incendio en la Universidad Pedro de Valdivia durante el denominado estallido social.
El tribunal condenó el 22 de septiembre a Alejandro Carvajal a 3 años y un día de libertad vigilada, con prohibición de acercarse a la casa de estudios, por los hechos perpetrados el 8 de noviembre de 2019..
Sin embargo, tras el recurso de nulidad presentado por el Ministerio del Interior y UPV, se ordenó al Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago realizar un nuevo juicio con jueces no inhabilitados.
Según se precisa en el resolución, la determinación se adoptó porque “en los párrafos y secciones del fallo que han sido destacados precedentemente surgen antinomias que lo tornan impreciso, confuso, vacilante, a tal punto que llegan al extremo de vaciar de contenido las reflexiones ensayadas”.
De igual forma, se argumenta que “con relación a la naturaleza del delito primero se afirma que el incendio es un delito de peligro abstracto, más adelante se asegura que sería uno de peligro concreto, para efectuarse finalmente una suerte de giro copernicano en la argumentación, cerrando el discurso con la conclusión de que en realidad se trataría de un delito de resultado”.
En efecto, “se repone la causa al estado de verificarse una nueva audiencia de juicio, ante jueces no inhabilitados”.
Sentencia
La sentencia se adoptó en un fallo dividido, ya que uno de los jueces votó en contra de otorgarle una pena sustitutiva.
Según la investigación de la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente, el 8 de noviembre del año pasado el hombre arrojó un líquido combustible acelerante a cortinas que estaban en llamas, contribuyendo a aumentar y expandir el fuego que ya se había iniciado al interior del edificio patrimonial ubicado en Providencia.
El 1 de septiembre comenzó el juicio oral en contra del joven, quien se encontraba en prisión preventiva desde que fue formalizado por el delito de incendio.
La Fiscalía Oriente solicitaba 5 años y un día de presidio efectivo, mientras que la defensa buscaba que tenga una pena sustitutiva.