Un bar capitalino ubicado en el sector de Bellas Artes -comuna de Santiago- fue condenado por discriminación arbitraria, luego que le impidiera el acceso a uno de sus locales a una clienta trans y también justificara esta medida en un supuesto rechazo de otros usuarios.

Tras un fallo unánime del 30° Juzgado Civil de Santiago, la empresa Comercializadora y Administradora Santa Lucía S.A., fue condenada a pagar una multa a beneficio fiscal de 20 Unidades Tributarias Mensuales ($963.200) y también a capacitar a los trabajadores del bar El Túnel -donde ocurrió la situación- sobre derechos humanos en temáticas LGBTI.

En el fallo se estableció que “(no) es admisible el argumento relativo a que las clientas del local ‘podrían’ experimentar rechazo a compartir el servicio higiénico con quien, fisiológicamente, sea un hombre”.

“No sólo porque se refiere a un actuar de terceros meramente eventual, sino que porque además un hipotético rechazo de tales ribetes, lejos de obedecer al ejercicio de un derecho, sería manifestación de una falta de tolerancia elemental que cualquier persona debiera observar al concurrir a un lugar público”, añadió.

Tras este motivo, según el fallo de la justicia, se “privilegia la eventual intolerancia de terceros por sobre la dignidad de la persona cuyo ingreso fue denegado, lo que resulta inconcebible y un claro ejemplo de las conductas que la Ley Nº20.609 (Ley Zamudio) busca precisamente evitar y sancionar”.

“Hace justicia”

Desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) y Fundación Iguales valoraron el resultado de este fallo.

El vocero del Movilh, Óscar Rementería, valoró que este fallo rechace el argumento que otros clientes se pueden negar al integro de personas trans.

En tanto, desde Fundación Iguales su presidente Juan Enrique Pi sostuvo que con esto se establece un estándar de derechos humanos básicos.

Además, mencionó que se hace justicia con una situación que les ocurre a la personas trans en diversos locales nocturnos en el país.