La defensa del alcalde de Coronel, Boris Chamorro, asegura que el Tribunal Constitucional paralizó el trámite del caso Puerto Coronel, incluida la próxima preparación del juicio oral.
El Ministerio Público, en tanto, estima que la resolución sólo detuvo la comunicación al Servel del cargo de Boris Chamorro como jefe comunal y que por lo tanto la audiencia del 13 de noviembre sigue en pie.
Una diferencia que debería ser zanjada por el Juzgado de Garantía es la que enfrenta a la Fiscalía con la defensa del alcalde Boris Chamorro, a partir del requerimiento presentado por este último ante el Tribunal Constitucional.
Fue el abogado del jefe comunal, Fernando Saenger, quien explicó la presentación, que denuncia como inconstitucional la norma que obliga a la suspensión de los alcaldes cuando son acusados de delitos, por ejemplo, el cohecho que se atribuye a Chamorro en el caso Puerto Coronel.
“Yo he estudiado el tema y hay jurisprudencia que eso es inconstitucional, porque afecta una serie de derechos que establecen todos los tratados y nuestro sistema constitucional en contra de esas personas, alcaldes que estén en esa situación. Entonces, por eso se dedujo un recurso de inaplicabilidad”, precisó Saenger.
La acción legal fue acogida a trámite por el Tribunal Constitucional, decretando la “suspensión del procedimiento”, medida que el abogado Saenger entiende paraliza la causa actualmente con fecha para preparación del juicio, audiencia que no debería realizarse, indicó.
“El tribunal acogió a tramitación y ahora ha suspendido el procedimiento (…) Eso significa que el procedimiento que se sigue contra el alcalde, el señor Chamorro, se suspende hasta que no se falle por el Tribunal Constitucional este requerimiento”, acotó.
Sin embargo, consultada la fiscal Glenda Lagos, dijo que su interpretación es que la resolución del TC sólo paraliza la comunicación que debería hacer el Juzgado de Garantía al Servel, pidiendo suspender del cargo al alcalde de Coronel mientras se realiza el juicio.
“La suspensión del procedimiento en lo que dice relación con la comunicación que debe efectuar el Tribunal de Garantía al Servicio Electoral para efectos de suspender su ejercicio en el cargo. En consecuencia, el acuerdo de esta resolución del Tribunal Constitucional, por ahora, el Tribunal de Garantía de Coronel no debe efectuar esta comunicación al Servicio Electoral, encontrándose suspendido el procedimiento solo en ese sentido”, expresó la persecutora.
Abogados defensores, por otros imputados en el caso Puerto Coronel, coincidieron con el abogado Saenger, entendiendo que mientras el Tribunal Constitucional no dicte sentencia, la Fiscalía no podrá seguir adelante con el proceso.
De insistir el Ministerio Público en su postura, dijo un defensor, deberá ser el Juzgado de Garantía el que dirima el conflicto.