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La Corte de Apelaciones de Concepción resolverá la cautelar para Sebastián Polanco, tras presentarse recursos insistiendo en la prisión preventiva en el marco de la arista Fundación En Ti, donde también la Defensoría apeló para revocar la retención de los ingresos de Camila Polizzi en la plataforma Arsmate.

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La Corte de Apelaciones de Concepción, región del Bío Bío, resolverá la cautelar para Sebastián Polanco, luego que fueran presentados recursos insistiendo en la prisión preventiva para el imputado en la arista Fundación En Ti.

Además, la Defensoría concretó la apelación para revocar la retención de los ingresos que recibe Camila Polizzi a través de su página en la plataforma Arsmate.

Una serie de recursos fueron presentados por el Ministerio Público, el Consejo de Defensa del Estado y la Defensoría, con relación a Camila Polizzi y su expareja Sebastián Polanco, ambos imputados en la arista Fundación En Ti.

Por un lado, están las apelaciones para revertir la resolución del Juzgado de Garantía de Concepción que negó la prisión preventiva para Polanco, luego de haber sido detenido mientras trabajaba en una tienda comercial, violando el arresto domiciliario total decretado en su contra hace un año.

En paralelo, y tal como se había adelantado, la Defensoría Penal impugnó la cautelar real que ordenó la retención de los ingresos que percibe Polizzi, a partir de las suscripciones al contenido erótico en su página de Arsmate.

El defensor, Pablo Ardouin, explicó que lo que se pide a la Corte de Apelaciones es dejar sin efecto la medida o, al menos, permitir el acceso a parte de las ganancias, de modo de permitir la subsistencia a su cliente y su familia.

Con relación a la Fundación Bonhomía, la tercera arista del caso Convenios formalizada, sigue en el Juzgado de Garantía la discusión de las cuatro prisiones preventivas que persigue la Fiscalía, descartándose que se emita una resolución esta semana.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)