Sin la apelación del Ministerio Público, ya que se conformó con la resolución de primera instancia, el tribunal de alzada penquista acogió la apelación de Forestal Arauco y la Delegación Presidencial, revocando la medida cautelar de arresto domiciliario y manteniendo la prisión preventiva para dos ex carabineros imputados por su presunto vínculo a una red criminal en la provincia de Arauco.

La Corte de Apelaciones de Concepción revocó la resolución del Juzgado de Curanilahue, que había cambiado por arresto domiciliario la prisión preventiva de dos ex carabineros imputados por estar vinculados con una red del crimen organizado en la provincia de Arauco, región del Bío Bío.

Fueron los querellantes quienes recurrieron al tribunal de alzada, luego que la Fiscalía se conformara con la rebaja de la cautelar.

Se trata de una de las más importantes investigaciones contra la violencia rural en el Bío Bío, que terminó en septiembre de 2023 con 11 detenidos e imputados, entre ellos dos ex miembros de Carabineros: Luis Berna, ex jefe de la SIP, y Hernán Coñuel, quien según la Fiscalía prestaba la cobertura armada a la asociación ilícita dedicada al robo de madera y vehículos, además de ataques incendiarios.

A pesar de su calidad como un peligro para la sociedad, el Juzgado de Garantía de Curanilahue rebajó a ambos la prisión preventiva y decretó en reemplazo el arresto domiciliario.

Por ello, dicha resolución fue apelada por los querellantes Forestal Arauco y Delegación Presidencial, además de la abogada del Consejo de Defensa del Estado, Paula Villalobos, insistiendo en que los argumentos del año pasado se mantenían vigentes hoy.

Las apelaciones fueron presentadas en la misma audiencia ante la jueza de Garantía, Natalia Sandoval, subrayando Enrique Hernández, abogado de la Forestal Arauco, en la gravedad de los delitos por los que están formalizados los ex carabineros.

Apelación fue realizada sin Fiscalía

El Ministerio Público no intervino en la Corte de Apelaciones de Concepción, ya que se conformó con el arresto domiciliario decretado por el Juzgado de Curanilahue.

Dicha decisión fue cuestionada por el diputado Eric Aedo, quien destacó la labor de los querellantes luego que lograran revertir la resolución de primera instancia.

Ante las apelaciones, Berna y Coñuel se mantuvieron privado de libertad, el primero en la Sexta Comisaría de San Pedro de la Paz, y el segundo en el penal Bío Bío, donse seguirán a la luz del fallo de la Corte penquista.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)