Este viernes se desarrolló la reformalización de cargos en contra del tío abuelo de Tomás Bravo. En la instancia le imputaron el delito de abandono de menor con resultado de muerte, que tiene una pena de hasta 15 años de cárcel.
En el Juzgado de Garantía de Arauco, la fiscalía reformalizó cargos por abandono de menor con resultado de muerte, al tío abuelo de Tomás Bravo, a quien se impuso la medida cautelar de arraigo nacional.
El tribunal rechazó argumentos de la defensa que pedía considerar que el Ministerio Público había actuado fuera de plazo.
Al inicio de la audiencia en que se debatió juridicamente si procedía la reformalización, el defensor regional Osvaldo Pizarro, en representación del único imputado que ha tenido la investigación, Jorge Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, argumentó que el Ministerio Público había hecho la petición fuera de plazo, que se había cumplido el 2 de marzo.
Pizarro cuestionó la llamada facultad discrecional de la Fiscalía para llevar a cabo estos actos y aseguró que el plazo de investigación de dos años es absolutamente improrrogable.
Recordemos que el Ministerio Público declinó seguir con la imputación de homicidio calificado a Jorge Escobar, luego de recibir los últimos resultados de peritajes enviados a España, que buscaban establecer o descartar la participación de tres personas de interés para la investigación, entre ellos el tío abuelo de Tomás.
En audiencia, el fiscal Michelangelo Bianchi dijo que no puede ser obligado el Ministerio Público a mantener una imputación de la que no tiene convicción y explicó que la investigación está agotada, que no habrá más diligencias y que sólo se excluirán hechos de la carpeta investigativa.
En línea con lo manifestado por la fiscalía, el abogado de la Fundación Amparo y Justicia, que representa a Moisés Bravo, el papá del pequeño, indicó que la defensa no puede sorprenderse del nuevo cargo imputado.
Pena por abandono con resultado de muerte es de hasta 15 años
La jueza de garantía de Arauco, Perla Roa, rechazó la argumentación de la Defensoría Penal Pública, dando lugar a la reformalización por abandono de menor con resultado de muerte, delito que tiene una pena de hasta 15 años de presidio.
En la audiencia estuvieron presentes de manera telemática ambos padres del niño desaparecido el 17 de febrero de 2021 y que fue encontrado muerto 9 días después, con signos de violencia en el sector Caripilún, de la comuna de Arauco, caso que en dos años ha dado origen a múltiples cuestionamientos a la investigación, y que ha llevado a que ya no existan imputados por su muerte.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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