Formalizan por apremios ilegítimos a suboficial de Carabineros acusado de provocar trauma ocular a estudiante que grababa una manifestación en Concepción, el 11 de noviembre de 2019. El tribunal resolvió dejar al efectivo con arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima.
Con prohibición de acercarse a la víctima y arraigo nacional, quedó un suboficial mayor de Carabineros imputado por apremios ilegítimos cometidos contra una estudiante que grababa una manifestación en avenida Diagonal Pedro Aguirre Cerda de Concepción, en la región del Bío Bío.
Las cautelares las aplicó el Juzgado de Garantía de Concepción para efectivo policial Mario Lincoyán Vera Garrido, respecto a los hechos registrados el 11 de noviembre de 2019, en el marco del denominado estallido social.
En la audiencia de formalización, el magistrado Iohan León Espinoza acogió las cautelares solicitadas por el Ministerio Público, con el acuerdo de los querellantes y la defensa, por considerarlas adecuadas y proporcionales a los fines del procedimiento. Además, fijó en cuatro meses el plazo de investigación.
Según el ente persecutor, alrededor de las 20 horas del 11 de noviembre de 2019, la víctima se encontraba en la avenida Diagonal Pedro Aguirre Cerda, frente al local “Café Colombia”, registrando audiovisualmente las protestas que se estaban produciendo en el sector.
En dicho contexto, el suboficial mayor Vera Garrido, quien se encontraba cumpliendo funciones de orden público, disparó en cuatro oportunidades la escopeta antidisturbios que portaba en dirección de la estudiante universitaria, impactando un balín de goma en el ojo izquierdo de la víctima.
Dicho accionar le provocó un trauma ocular con secuelas oftalmológicas de disminución de la agudeza y alteración del campo visual; además de estrés postraumático.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)