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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota condenó a Joaquín Correa Olivares, de 20 años, a presidio perpetuo por el robo con homicidio de un chef en julio de 2022. Según el fiscal, Correa concertó una cita a través de una aplicación de citas y se desplazó en un taxi hasta la casa de la víctima, donde lo atacó hasta causar su muerte. La Fiscalía también logró probar que Correa intentó eliminar evidencia, dibujando en la espalda de la víctima la expresión \'por maraco\'. Por lo tanto, se acreditó la agravante de cometer el delito motivado por la orientación sexual de la víctima, lo que llevó a la condena de presidio perpetuo y otras penas accesorias para el acusado.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota dictó la sentencia de presidio perpetuo para Joaquín Correa Olivares, de 20 años, por su autoría en el robo con homicidio de un chef, hecho registrado en julio de 2022.

De acuerdo a lo que expuso el fiscal jefe de Quillota, César Astudillo, el acusado se desplazó en un taxi hasta el domicilio de la víctima luego que concertara a través de una aplicación de citas.

Una vez en el lugar, la víctima lo invita a ingresar a su domicilio con la finalidad de compartir con él y de proporcionarle marihuana. Luego ambos se fueron al dormitorio, recostándose ambos en la cama y producto de las conductas desarrolladas por la víctima, el imputado procedió a alterarse asegurando que él no era gay. Es en ese momento que extrae de sus vestimentas un cuchillo y le propina múltiples heridas de carácter cortante.

Acto seguido -según se estableció en el juicio- trasladó a la víctima a la zona posterior de la cama donde éste cayó, propinándole más estocadas que le causaron la muerte, expuso el fiscal Astudillo.

Crimen de odio

La Fiscalía buscaba además acreditar que el imputado intentó eliminar la evidencia, tomando vestimentas que quedaron con sangre junto con el arma homicida y una gran cantidad de especies de valor que sustrajo a la víctima, además de desordenar el departamento para simular un robo.

Antes de retirarse toma un plumón con el cual procede a dibujar en la espalda de la víctima la expresión ‘por maraco’, aquello ante el notorio desprecio que tenía el imputado por la orientación sexual de la víctima”, señaló el persecutor.

Con esos antecedentes y la prueba de cargo rendida, se dio por acreditada la agravante prevista en el numeral 21 del artículo 12 del Código Penal, es decir, “cometer el delito o participar en él motivado por el sexo, orientación sexual o identidad de género de la víctima”.

La jornada de este miércoles el Tribunal Oral dio a conocer la sentencia en contra del acusado, quien fue condenado a presidio perpetuo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del sentenciado y la de sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximum.