La tarde de este lunes, el Gobierno Regional de Tarapacá comunicó que, tras acceder a su petición, el presidente Sebastián Piñera decretó Estado de Excepción Constitucional de Emergencia para la provincia de Iquique junto con la comuna de Pozo Almonte, en la región de Tarapacá.
“El presidente Sebastián Piñera ha autorizado la propuesta que le hicimos de decretar zona de excepción nuestra región producto de querer llevar la tranquilidad a todos nuestros vecinos, a todos los barrios en términos de lo que significa el vandalismo que hemos tenido en las últimas horas”, dijo el intendente Miguel Ángel Quezada.
Según indicó la misma autoridad, la Contraloría ya tomó razón del decreto, hizo un llamado a la tranquilidad y afirmó que resguardarán el orden público en la zona, a la que calificó como “tranquila y trabajadora”.
De esta forma, asumió como jefe de la seguridad el comandante del Comando Conjunto Norte, general Juan Carlos Henríquez, quien dio a conocer que se estableció un toque de queda entre las 22:00 horas de este lunes y las 07:00 horas del martes.
Pero el oficial no quiso hablar de toque de queda, “usted lo podrá interpretar de esa forma”, señaló ante la prensa. En concreto, prefirió usar el término “restricciones a la ciudadanía”.
No obstante aquello, confirmó que esa medida solo regirá entre este lunes y martes y que para los próximos días se evaluará en consideración a lo observado en jornadas anteriores.
#TarapacáInforma | Intendente @MAngelQuezada se refiere al Estado de Emergencia decretado para la Provincia de #Iquique y la comuna de #PozoAlmonte. https://t.co/O4RDBvX1mi
— GORE TARAPACÁ (@Gore_Tarapaca) October 21, 2019
El Estado de Emergencia es un mecanismo a través del cual se altera la regularidad de derechos y libertades garantizadas en la Constitución a modo de proteger el bien mayor de la ciudadanía.
Este puede ser invocado a exclusiva potestad del Mandatario de turno ante casos de grave alteración del orden y seguridad.
Sumado a lo anterior, se restringe tanto la libertad de locomoción y como la de reunión.
Según está establecido por Ley, esta medida no podrá extenderse por más de 15 días en la zona que el jefe de Estado haya estimado conveniente aplicarla, aunque se puede prorrogar por otra quincena previo acuerdo con el Congreso.