La Corte de Apelaciones ratificó la decisión de no sobreseer a Ricardo Ezzati, acusado de propiciar los traslados del fallecido sacerdote Rimsky Rojas de un colegio a otro, pese a que las víctimas denunciaban los abusos cometidos por parte de este último cura.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó sobreseer al cardenal Ricardo Ezzati, investigado por asociación ilícita en casos de abusos ocurridos en Valdivia, región de Los Ríos, que involucra a la congregación Salesiana.
De esta manera se ratificó la resolución del Séptimo Juzgado de Garantía capitalino, de no dar lugar al sobreseimiento definitivo parcial solicitado por la defensa de Ricardo Ezzati Andrello, querellado por su presunta responsabilidad en el delito de asociación ilícita en el marco de denuncias de abusos sexuales al interior de la congregación salesiana entre 1973 y 2005.
Y en lo particular, por el que se le acusa al fallecido cura Rimsky Rojas en contra un ex alumno del Instituto Salesiano de Valdivia.
La víctima y a la vez abogado querellante en la causa, Marcelo Vargas, ha afirmado que la presunta responsabilidad de Ezzati radica en que cuando fue provincial de los salesianos en Chile, propició los traslados del Rojas de un colegio a otro, tras de las denuncias de abusos a menores.
Según el abogado, a juicio del Tribunal de Alzada, aún no están establecidos totalmente los presupuestos del artículo 292 del código penal, sobre asociación ilícita, remitiendo la causa al juzgado de origen.
En tanto, según el abogado, la Corte de Apelaciones de Santiago consideró que las causas seguidas por abusos deshonestos en Valdivia y por obstrucción a la investigación en contra de Ezzati, no guarda relación con lo que se está investigando en Santiago sobre la presunta asociación ilícita entre sacerdotes de la orden para los abusos sexuales.
Radio Bío Bío Valdivia tomó contacto con la Congregación Salesiana con el fin de que se refieran al tema, sin embargo, hasta el cierre de esta nota aún se espera la respuesta.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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