Cuatro proyecto inmobiliarios en Valdivia deberán paralizar la ejecución de sus obras, según determinó el Tercer Tribunal Ambiental.

El Tercer Tribunal Ambiental ordenó paralizar y prohibir la ejecución de obras en cuatro proyectos inmobiliarios que se ejecutan en la costa de Valdivia.

Esto último, considerando el riesgo para el medio ambiente, la salud y la vida de las personas.

Las medidas cautelares afectan la ejecución de los proyectos Cutipay I, Cutipay II, Pilolcura y Canelales, a cargo de las empresas Sociedad Agrícola Kuriñanco Limitada y Sociedad Inversiones e Inmobiliaria Pilolcura Limitada.

El Tribunal ordenó paralizar y prohibir la ejecución de obras y acciones en los predios en que se ejecutan los proyectos.

Entre ellos destacan la tala de bosque nativo, intervención de quebradas, construcción de viviendas y, en general, todas aquellas obras que supongan urbanización del predio o equipamiento destinado a crear nuevos núcleos urbanos.

Así lo explicó el ministro del Tercer Tribunal Ambiental, Iván Hunter.

Proyectos no contaban con Resolución de Calificación Ambiental

Entre los antecedentes que el Tribunal tuvo en consideración para dictar las medidas cautelares se encuentran informes de Conaf, SAG, Seremi Vivienda, Sernageomin y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

Existiendo además resoluciones de la SMA que establecen que los proyectos se encontrarían al margen del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, al no contar con Resolución de Calificación Ambiental.

El órgano especializado estimó que se configura una situación de riesgo o peligro al medio ambiente o la salud de las personas, cuestión que además resulta particularmente sensible cuando se ha constatado la existencia de comunidades indígenas y pueblos originarios en las cercanías del proyecto.

El Tribunal estimó, preliminarmente, que los cuatro proyectos se ubican en cordones montañosos y, por consiguiente, sobre relieves en pendiente.

En ese sentido, toda intervención a las comunidades vegetacionales podría generar procesos erosivos de ladera, pero también un efecto de fragmentación de ecosistemas, lo que afectaría directamente a la biodiversidad local.

El Tribunal dictó dichas medidas cautelares a raíz de una solicitud ingresada por el Consejo de Defensa del Estado, organismo que interpuso una demanda de reparación por daño ambiental contra dichas empresas en el mes de enero de este año.