Por eludir el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) multó en más de 200 millones de pesos a la empresa Inversiones Panguipulli SpA.
Según confirmó la Superintendencia del ramo, la infracción está vinculada al proyecto “Bahía Panguipulli”, que se comenzó a ejecutar sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en un procedimiento instruido a partir de una denuncia ciudadana.
Por ello, la SMA acreditó que “Bahía Panguipulli” corresponde a un proyecto de desarrollo urbano que contempla obras de edificación con destino habitacional, por cuanto proyectó más de 80 viviendas que es el límite de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Esta elusión, fue clasificada como grave y mediante la resolución exenta N° 1310, del 31 de julio de 2020, se aplicó una multa de 351 Unidades Tributarias Anuales, cifra que supera los 200 millones de pesos.
Junto con lo anterior, la SMA requirió a la empresa ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto “Bahía Panguipulli”, de acuerdo a lo dispuesto en Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Vito Capraro, quien expuso los antecedentes ante la Superintendencia de Medio Ambiente, se mostró conforme con la resolución y cree que esto marcará un precedente.
Dicha resolución fue notificada a la empresa, por lo que la firma tenía la opción de pagar la multa dentro del plazo de 5 días desde la notificación, caso en el cual se le aplicaría una reducción del 25%.
En caso contrario, la compañía también tiene la opción de presentar un recurso de reposición ante la Superintendencia o un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental de Valdivia.
Radio Bío Bío se contactó con la empresa para intentar obtener un pronunciamiento de ellos, sin existir una respuesta al cierre de esta nota.
Sin perjuicio de la multa, el proyecto para seguir desarrollándose deberá ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y conseguir su resolución de calificación favorable, o en caso contrario, se deberá reformular de tal manera que la SMA pueda acreditar que el proyecto reducirá sus dimensiones bajo los límites que exige la ley, para hacer obligatoria la evaluación ambiental.