Justicia sostiene que la ley le impedía rechazar las 56 rebajas por delitos sexuales contra menores. Pero su explicación no cierra la polémica: falta saber cómo verificó los requisitos y qué resguardos hubo para las víctimas.

Las 56 rebajas de condena por delitos sexuales contra menores pusieron al Ministerio de Justicia en el centro de una polémica que ya escaló al Congreso. Hubo críticas parlamentarias y un anuncio del PC para reunir firmas e interpelar al ministro Fernando Rabat.

La pregunta es directa: si una reforma de 2022 excluyó estos delitos del beneficio, ¿por qué se concedieron las rebajas?

Consultado por BioBioChile, el ministerio fundamentó sus decisiones en jurisprudencia de la Corte Suprema: sostiene que, de acuerdo a los fallos previos del máximo tribunal, se vieron impedidos de aplicar esa exclusión a condenados por delitos cometidos antes del 9 de febrero de 2022.

La cartera aseguró que todos los casos aprobados durante la administración del presidente Kast cumplen los requisitos y que no ha otorgado reducciones por abusos sexuales o violaciones de menores cometidos desde esa fecha. Por eso insisten en que no se trata de una decisión a voluntad del ministro.

Pero esa explicación general no despeja cómo se revisaron los 56 casos ni qué resguardos hubo para las víctimas.

La Defensoría de la Niñez solicitará al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aclarar el cambio de criterio y las medidas adoptadas para resguardar los derechos de las víctimas. En tanto, el exministro Jaime Gajardo, cuestionó el cambio de criterio de Rabat y afirmó que durante su gestión el criterio siempre fue rechazar.

Justicia otorga 56 rebajas de condena por delitos sexuales contra niños

Interferencia reveló que el Ministerio de Justicia dictó 56 decretos de reducción de condena entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre: 27 por abuso sexual de menores y 29 por violación. Según fuentes consultadas por ese medio, las rebajas se concedieron sin recursos judiciales previos.

Lo cierto es que la Ley 19.856 permite descontar tiempo de cárcel por comportamiento sobresaliente. Pero 2022, una reforma excluyó del beneficio a condenados por determinados delitos sexuales contra menores.

Para la cartera encabezada por Fernando Rabat, la interpretación mayoritaria y reiterada de la Corte Suprema impide aplicar esa nueva restricción a hechos anteriores a su entrada en vigencia.

Consultado por BioBioChile, el ministerio fundamentó así las decisiones:

“Sin perjuicio de la especial gravedad que reviste la comisión de esta clase de delitos, el Ejecutivo se encuentra jurídicamente impedido de rechazar el beneficio de reducción de condena fundándose en la causal prevista en la letra e) del artículo 17 de la citada ley, cuando los hechos hayan sido perpetrados con anterioridad al 9 de febrero de 2022, de acuerdo con lo resuelto de manera reiterada por la Excelentísima Corte Suprema, que ha sostenido dicho criterio, entre otras, en las causas (…), acogiendo las acciones de amparo deducidas”.

En simple, Justicia argumenta que no puede usar una ley posterior para quitarles a esos condenados una posibilidad de rebaja que existía cuando cometieron el delito. Bajo esa interpretación, afirman que corresponde conceder el beneficio si se cumplen las demás exigencias.

Sobre el procedimiento, explican que las comisiones —integradas también por jueces y ministros de cortes— evalúan el comportamiento y que, acreditados los requisitos y descartadas las exclusiones, corresponde conceder la reducción.

Fallos anteriores de la Suprema

Rabat defendió las rebajas como el “cumplimiento de sentencias de la Corte Suprema” y sostuvo que el Gobierno “no comenta los fallos judiciales”. Su argumento es que Justicia debía aplicar el criterio que el máximo tribunal había establecido en recursos de amparo anteriores.

Sin embargo, la Suprema no había ordenado estas 56 rebajas: fue el ministerio el que las concedió, usando como fundamento fallos dictados para otros casos. El propio Rabat lo explicó así: “Lo que se hizo fue precisamente recoger la doctrina de la Corte Suprema en decenas de recursos de amparo”.

La diferencia importa: una cosa es ejecutar una sentencia y otra es resolver una solicitud usando el criterio de fallos anteriores. Y en estos 56 casos, las decisiones las tomó Justicia.

La cartera también invoca razones de eficiencia: sostiene que obligar a cada solicitante a recurrir a tribunales solo alargaría el trámite de beneficios que, según su interpretación de la jurisprudencia, corresponde conceder cuando se cumplen los requisitos.

Consultada sobre estos antecedentes, la presidenta de la Suprema, Ana Gloria Chevesich, señaló: “Es que en realidad me gustaría tener más información, porque al respecto no he tenido información”.

Justicia mostró a BioBioChile a modo de ejemplo, un fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia de febrero de 2026. El ministerio había rechazado una rebaja por un abuso sexual cometido en 2015, pero el condenado presentó un amparo y la Corte ordenó concederla: consideró que no correspondía aplicar retroactivamente la exclusión de 2022.

El documento permite entender la interpretación del actual Gobierno, pero a la vez, muestra que a comienzos de este año la cartera todavía defendía rechazar solicitudes de ese tipo. Queda pendiente precisar cuándo y con qué fundamento cambió ese criterio.

Las críticas y las respuestas pendientes

El exministro de Justicia, Jaime Gajardo, cuestionó las rebajas de condena concedidas por la actual administración y acusó un cambio de criterio respecto del gobierno de Gabriel Boric.

En conversación con BioBioChile, explicó que durante su gestión se rechazaban esas solicitudes y se defendía esa posición ante tribunales. Si los condenados presentaban recursos y obtenían un fallo favorable, el ministerio debía cumplirlo. La actual administración, en cambio, concedió las rebajas directamente:

“Pero ahora… ahora cambiaron el criterio”, sostuvo Gajardo. Su reproche fue directo: “Lo que ellos hacen es facilitarle la vida a los delincuentes”.

El recién estrenado vocero Gonzalo Arenas calificó la noticia como “bastante malintencionada”, cuestionando que se atribuyera al Gobierno una intención de perdonar a los condenados. Defendió que, cumplidos los requisitos, “el Ejecutivo no puede hacer mucho más que cursar esas solicitudes”.

La Defensoría de la Niñez anunció que pedirá antecedentes sobre el cambio de criterio y la protección de las víctimas. “Detrás de estas condenas hay víctimas que tienen derecho a la justicia, a la protección y a la reparación”, recordó Anuar Quesille.

Ahí están las respuestas que faltan: qué informes respaldaron las rebajas, cómo se comprobaron los requisitos y qué se hizo por quienes sufrieron los delitos. La explicación jurídica del Gobierno no reemplaza esa rendición de cuentas.