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La exministra de Defensa, Maya Fernández Allende, entregó formalmente su escrito de defensa ante el Congreso Nacional para enfrentar la Acusación Constitucional (AC) vinculada a la fallida compra del inmueble que perteneció al expresidente Salvador Allende, ubicado en Guardia Vieja.

Según el documento, la defensa sostiene que la responsabilidad política de un funcionario público cesa al abandonar el cargo. Fernández Allende renunció el pasado 10 de marzo, por lo que, según su equipo legal, la acusación carece de objeto.

Uno de los argumentos centrales es que no existió un contrato válido de compraventa entre la exautoridad y el Estado. La defensa recalca que, aunque se firmó una escritura pública en diciembre de 2024, faltaron trámites administrativos esenciales como la aprobación del decreto, la toma de razón y la inscripción registral. No se gastó un solo peso del Fisco, subraya el texto.

Cuestionan coherencia de parlamentarios

El escrito también cuestiona la coherencia de los diputados acusadores. Señala que los mismos parlamentarios que aprobaron los recursos para la adquisición del inmueble en la Ley de Presupuestos 2024 —bajo la partida destinada al Servicio Nacional del Patrimonio Cultural— son quienes ahora impulsan el libelo acusatorio.

La defensa jurídica, liderada por las abogadas Claudia Sarmiento y Elisa Walker, insiste en que Fernández Allende actuó como ciudadana y no como ministra en los actos preparatorios de la operación. Ningún acto cuestionado dependió de su cargo, se interpreta en el documento, descartando conflictos de interés.

Además, el escrito apela a fallos previos de la Cámara de Diputados, como los casos de los exministros Beyer (2013) y Bates (2004), donde se exigió probar responsabilidad subjetiva —dolo o negligencia— para aplicar sanciones. Los acusadores, en cambio, basan su argumentación en una “responsabilidad objetiva” no reconocida constitucionalmente.

Defensa de Maya Fernández resalta carácter de ultima ratio

La defensa resalta que la Contraloría General de la República (CGR) validó la legalidad del Decreto Supremo N° 38 del Ministerio de Bienes Nacionales, que autorizó la compra. Este respaldo institucional, según el texto, refuerza que no hubo infracción al principio de probidad administrativa.

Otro punto clave es que la acusación ignora el carácter de ultima ratio de este mecanismo constitucional. La defensa recuerda que aún está en curso una Comisión Especial Investigadora sobre el mismo caso, lo que convierte el proceso en redundante y prematuro.

El documento también desliza que la operación se enmarcó en un interés público: preservar un bien patrimonial. No hubo beneficio personal ni lesión al patrimonio fiscal, sostiene, alineándose con la interpretación de la causal constitucional que busca evitar conflictos de interés entre poderes del Estado.

Finalmente, el escrito insiste en que la Constitución reserva al Tribunal Constitucional la competencia para resolver inhabilidades de ministros, no a la Cámara de Diputados. Esto, según la defensa, evidencia un error procesal en la presentación del libelo.