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La defensa del exfrentista Pablo Muñoz Hoffman presentó una solicitud ante la Corte Suprema para que se deje sin efecto la orden de detención con fines de extradición en su contra. Tras haber sido detenido y liberado en Bolivia, la orden está siendo tramitada en la Segunda Sala del tribunal aún sin aprobación. El abogado Alberto Espinoza Pino lidera la defensa y argumenta que no existían órdenes de aprehensión previas al 7 de enero, además de que la condena por asociación ilícita ya fue cumplida. Asimismo, señala que los delitos de robo con intimidación y robo con violencia ocurrieron hace más de 32 años, por lo que considera que no sería razonable mantener una atribución penal por hechos tan antiguos. En conclusión, piden dejar sin efecto la orden de detención y solicitan al juez del 34° Juzgado del Crimen tomar las resoluciones correspondientes para dar por extinguida la responsabilidad penal de Muñoz Hoffman, así como instruir al Ministro de Relaciones Exteriores a actuar conforme a derecho.

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La defensa del exfrentista Pablo Muñoz Hoffman presentó un escrito ante la Corte Suprema, en el que solicita que se deje sin efecto la orden de detención con fines de extradición en su contra.

Muñoz Hoffman fue recientemente fue detenido y posteriormente liberado en Bolivia. Actualmente, la orden de detención se está tramitando en la Segunda Sala del máximo tribunal. Aún no está aprobada.

Recordemos que sobre la materia, previamente el ministro Alberto Van Klaveren dijo que Cancillería está tratando de “activar la petición de extradición, pero obviamente la petición corresponde a otro poder del Estado, al Poder Judicial”.

Defensa de exfrentista solicita dejar sin efecto la extradición

En el documento, la defensa a cargo liderada por el abogado Alberto Espinoza Pino, pide tener a la vista dos expedientes adjuntos “que dan cuenta que no existen órdenes de aprehensión en contra de Pablo Muñoz Hofman con anterioridad al 07 de enero”.

“Sin perjuicio de lo anterior, se debe tener presente que la condena a la que se hace referencia de 4 años de presidio menor en su grado máximo, por asociación ilícita, está cumplida”, complementa.

Agregando que, con relación a los delitos de robo con intimidación y robo con violencia, “corresponden a hechos cometidos en el año 1992, es decir hace más de 32 años y 11 meses, de manera que sostener una atribución penal por hechos tan pretéritos, no resulta razonable jurídicamente a la luz de las normas sobre prescripción de la acción penal”.

De esta manera, se solicita “dejar sin efecto la orden de detención resuelta en estos autos con fines de extradición, y ordenar que el señor Juez del 34° Juzgado del Crimen adopte las resoluciones que en derecho corresponda, para dar por extinguida la responsabilidad penal de Pablo Muñoz Hofmann y oficiar al señor Ministro de Relaciones Exteriores para que proceda conforme a derecho”.