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La Corte de Apelaciones de Santiago dio un duro revés a la Contraloría al ordenar detener la aplicación del polémico dictamen sobre la "confianza legítima" tras el recurso de protección presentado por la Fundación Fuerza Ciudadana. Este dictamen, emitido por la contralora Dorothy Pérez, había generado controversia al fijar en dos años el plazo para obtener la confianza legítima, en contraposición a los cinco años establecidos por la Corte Suprema en fallos anteriores. La autoridad delegó la resolución de estas disputas a los tribunales de justicia, lo que generó rechazo en gremios de funcionarios públicos. La fundación Fuerza Ciudadana presentó el recurso en defensa de dos funcionarios municipales de La Cruz, desvinculados tras el nuevo criterio de la Contraloría. La Novena Sala de la Corte de Apelaciones acogió la orden de no innovar, paralizando la decisión contralora y postergando el análisis del caso para enero próximo.

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Un duro revés sufrió la Contraloría General de la República luego que la Corte de Apelaciones de Santiago ordenara detener la aplicación del polémico dictamen sobre la “confianza legítima”, tras acoger una orden de no innovar pedida en un recurso de protección presentado por la Fundación Fuerza Ciudadana.

Recordemos que Dorothy Pérez, en su primer dictamen como contralora titular, tomó una controvertida decisión respecto a un tema de alto interés para los funcionarios públicos.

Se trata de un debate respecto a cuántos años bajo la modalidad a contrata se necesitan para obtener la “confianza legítima”, es decir, la seguridad de que las renovaciones anuales serán reiteradas en el futuro.

Si bien Contraloría había estimado que ese plazo eran dos años, la Corte Suprema ha dicho en reiterados fallos que en realidad son cinco.

Ante dicha discusión, la autoridad señaló —mediante su resolución— que no zanjará más dichas disputas y que deberán ser resueltas por los tribunales de justicia.

La decisión de Dorothy Pérez generó rechazo en los gremios de los funcionarios públicos, quienes se movilizaron exigiendo la intervención del Gobierno.

En medio de la controversia, la fundación Fuerza Ciudadana, en representación de dos funcionarios municipales a contrata de La Cruz (región de Valparaíso), interpusieron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones, luego de ser desvinculados del municipio.

“Vengo en interponer recurso de protección según lo permite el artículo 20 de la Constitución Política de la República en virtud del actuar ilegal y arbitrario de la Contraloría General de la República, representada legalmente por el Contralor General de la República, Dorothy Pérez Gutiérrez, en virtud del nuevo criterio sostenido en el dictamen E561358 del 6 de noviembre de 2024, por privar, perturbar o amenazar los derechos constitucionales de mis representados, entre los que se reclaman que son el derecho a la integridad psíquica, el de igualdad ante la Ley y el derecho de Propiedad, garantizados en el artículo 19 números 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República”, señala el recurso.

“Este dictamen afecta en su esencia a los derechos constitucionales de las personas por las cuales recurro de protección, quienes llevan más de dos renovaciones de sus contratas y ahora se les puso término mediante decretos alcaldicios que no revisten la necesaria fundamentación para sus no renovaciones”, se acusa en el escrito.

“Sin embargo, pese a esta probable ilegalidad, tal como lo ha sostenido el ente contralor previo al dictamen recurrido, ahora sencillamente se excusa de conocer asuntos que por ley ha de conocer”, cuestiona.

“Con ello se afecta en primer término el derecho a la integridad psíquica de los recurrentes, previsto y protegido por el artículo 19 Nro 1 y 20 de la Constitución, quienes son funcionarios a contrata de la Ilustre Municipalidad de La Cruz, respecto de los cuales con fecha 28 de noviembre de 2024 se les informó su no renovación, pese que llevan desde el 2019 y 2021 respectivamente, cumpliendo el primero de ellos incluso el requisito exigido por la Excelentísima Corte Suprema para tener la confianza legítima”, agrega.

En ese sentido, se alega que “en virtud de este nuevo criterio han de soportar un largo proceso judicial pese que la ilegalidad es patente”.

“Por su parte también se les afecta con su derecho a ser tratados como iguales frente a otros que estuvieron en su misma situación, lo que ahora no se está respetando, afectando derechamente su derecho previsto y protegido por el artículo 19 Nro 2 y 20 de la Constitución”, señala el escrito.

Revisa el recurso de protección a continuación:

Finalmente, la Novena Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Antonio Ulloa, Jose Rodríguez, y el abogado integrante Jorge Gómez, acogió la orden de no innovar que incluía el recurso, paralizando en la práctica la decisión de Contraloría.

“Se concede la orden de no innovar solicitada, y en consecuencia, se suspenden los efectos de la abstención de pronunciamiento dispuesta en el Dictamen NºE561358, de 6 de noviembre de 2024, de la Contraloría General de la República, debiendo la mencionada entidad seguir resolviendo, como en derecho corresponda, los reclamos y solicitudes de pronunciamiento que se le presenten relativos a la materia a que se refiere el señalado dictamen”, indica el fallo.

Cabe destacar que el fondo del denominado “criterio Pérez” respecto a la “confianza legítima”, podría estar a la vista de la Corte de Apelaciones de Santiago recién en enero próximo.

Revisa el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago: