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La ministra Ángela Vivanco sufrió un revés este jueves, ya que la Corte Suprema rechazó tres peticiones de su defensa, manteniéndose suspendida por su relación con el abogado imputado en el caso Audio, Luis Hermosilla. Las solicitudes incluían la entrega del expediente de la comisión de Ética de la Suprema, la anulación de la solicitud de los chats entre Vivanco y Hermosilla, y la ampliación del plazo para presentar su informe sobre el cuaderno de remoción en su contra. Las decisiones fueron tomadas por la Corte Suprema basándose en argumentos legales, como el plazo de informe establecido, la competencia de la comisión de Ética, y la divulgación previa de los chats solicitados.

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Este jueves, la ministra Ángela Vivanco sufrió un revés luego que la Corte Suprema -de la que aún es integrante- rechazara tres peticiones presentadas por su defensa.

Recordemos que la jueza se mantiene suspendida al verse involucrada con el abogado e imputado por caso Audio, Luis Hermosilla. Por esta misma razón, se abrió un cuaderno de remoción en su contra.

Las peticiones de la jueza eran tres: la entrega de una copia del expediente de la comisión de Ética de la Suprema, la anulación de lo solicitado por el tribunal respecto a la entrega de los chats entre Vivanco y Hermosilla, además de la ampliación de plazo para presentar su informe.

Esto último, vinculado a un documento sobre los hechos que argumentaban la presentación del cuaderno de remoción. De 20 días de corrido, la defensa de la magistrada buscaba que quedara en 20 días hábiles. Sin embargo, las tres solicitudes fueron rechazadas.

Los argumentos desde la Corte Suprema

Respecto al informe, la resolución del Pleno indica que “se requirió informe por el plazo de veinte días corridos, sin perjuicio de que el artículo 40 al cual se remite la citada disposición, contempla un término de cinco días hábiles desde que el funcionario es requerido, plazo que en este caso se amplió por no haber existido un procedimiento disciplinario previo”.

En segundo lugar, “sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16” del Acta N” 262-2007 (…) la que ya fue resuelta por la aludida comisión el día de ayer, a quien le compete el conocimiento de lo solicitado, decisión que fue notificada a la señora Vivanco, no ha lugar”.

Por último, respecto al rechazo a la petición de anular la petición de Blanco al fiscal Ángel Valencia, se argumentó que “encontrándose abierto un cuaderno de remoción (…) y que la información solicitada al Ministerio Público dice relación con los chats que ya han sido divulgados a través de diversos medios de comunicación social, no ha lugar a la oposición planteada en esta sede”.