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La Cámara de Diputadas y Diputados rechazó el proyecto de ley relacionado con el pago de alimentos en caso de lesiones, el cual fue presentado con informe negativo y pasó a archivo. Las mociones refundidas buscaban establecer la obligación de pagar alimentos a los condenados por causar lesiones graves o muerte por conducción en estado de ebriedad o bajo influencia de sustancias, generando debates sobre la viabilidad de la propuesta. A pesar de reconocer la buena intención detrás del proyecto, se argumentó que debía ser reformulado debido a errores y falencias que podrían generar incertidumbre y conflictos en los tribunales. Aunque hubo defensores de la iniciativa, no lograron el apoyo necesario para mejorarla mediante una indicación sustitutiva.

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La Cámara de Diputadas y Diputados rechazó el proyecto de ley, originado en tres mociones refundidas, relacionado con el pago de alimentos para hijos de víctimas graves o fatales tras un atropello.

La propuesta, que ahora pasó a archivo, se presentó a la Sala con informe negativo. Esto, tras rechazarse la idea de legislar en su paso por la Comisión de Familia.

Entre los argumentos que llevaron a la no aprobación del texto legal se planteó que, si bien la idea matriz era buena, esta debía ser mejorada. Misma tesis fue sostenida durante el debate en la Sala.

Las tres mociones abordaban una reparación a los descendientes de una víctima de atropello. En tal sentido, aunque se destacó el propósito que busca la propuesta, existieron observaciones respecto de si procedía la vía de la pensión de alimentos.

En tal plano, se señaló que se confunde el sentido de reparación con el medio para llevar a cabo la pensión. Por tal razón, se propuso cambiar el medio y establecer una indemnización y, por esa vía, hacer la propuesta viable.

Pago de alimentos

La primera iniciativa modificaba el Código Civil. Su objetivo era establecer la obligación de pagar alimentos al condenado por causar lesiones gravísimas o muerte por conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.

La segunda, igualmente, modificaba el Código Civil para incluir como deudor de alimentos por conducción en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias psicotrópicas, que produzca lesiones o discapacidad de la víctima.

Mientras que la tercera propuesta modificaba la ley 18.290 de Tránsito. Su finalidad era imponer la obligación de pagar alimentos en favor de los hijos menores de la víctima, al condenado por conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves o muerte.

“Generan mayor incertidumbre”

Gran parte de las y los legisladores sostuvieron que, si bien “existe una profunda buena fe detrás del proyecto de ley”, es necesario reformularlo, presentando una nueva iniciativa.

Al mismo tiempo, agregaron que las tres propuestas “generan mayor incertidumbre”, por lo que es importante que se recoja la idea y el tema se discuta y analice de manera más idónea.

También, añadieron que el texto presenta una serie de errores y falencias que podrían generar conflictos. Esto, apuntando a los tribunales que se harían cargo de los diferentes casos.

Por otro lado, hubo quienes defendieron la propuesta de ley. Solicitaron a sus pares el apoyo para pedir al Ejecutivo mejorar la moción mediante una indicación sustitutiva. Sin embargo, ello no prosperó.