El proyecto, que tras la aprobación en la Cámara de Diputadas y Diputados pasó al Senado, crea nuevos instrumentos para reducir el riesgo asociado a los incendios forestales y rurales en el país.
Durante esta jornada de miércoles, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto conocido como Ley de Incendios.
En concreto, la norma busca que se establezcan nuevos instrumentos para fortalecer los mecanismos existentes para reducir el riesgo de este tipo de siniestros.
Recordemos que el proyecto fue ingresado el pasado mes de octubre de 2023 por el Gobierno y considera que -según las últimas predicciones climáticas- los mega incendios cada vez tendrán una mayor frecuencia.
Para ese fin, la propuesta fortalece la estrategia de prevención y propone definir zonas de interfaz urbano-rural forestal (ZIURF) en áreas de amenaza media, alta o crítica en planes reguladores intercomunales o planes seccionales. Asimismo, fortalecer los instrumentos de gestión forestal existentes en base a clasificaciones de riesgo de los territorios y una pauta técnica.
Por otra parte, se crean zonas de amortiguación forestal (ZAF) de aplicación inmediata en el territorio. Esto en el caso de no existir instrumentos de planificación territorial o instrumentos de gestión forestal actualizados.
Creación de zona de amortiguación forestal
Durante la votación en la Sala -por 72 votos a favor, 70 en contra y 2 abstenciones- se rechazó el criterio de la Comisión de Hacienda de reponer una indicación del gobierno para modificar las normas de cumplimiento de acciones o medidas en zonas de amortiguación forestal.
Lo anterior, en concreto, respecto a reducir o eliminar la continuidad de vegetación arbórea, arbustiva o herbácea (Art. 17).
Sobre eso, el cambio establecía que los responsables de implementar dichas acciones son los propietarios de los predios comprendidos en dicha área. El Servicio Nacional Forestal (Sernafor) -que reemplazará a Conaf– podría asistir técnicamente a los propietarios en el proceso de implementación de dichas medidas.
Por otra parte, se complementaban las acciones que adoptará el Servicio ante el incumplimiento de lo señalado anteriormente.
De esta manera, tendría la facultad para ejecutar en los predios las acciones preventivas, sin más trámite, por cuenta del mencionado propietario.
Además de realizar las acciones podría disponer en su resolución el auxilio de la fuerza pública, así como celebrar convenios de cooperación con las municipalidades respectivas para ejercer estas medidas.
Por el contrairo, las y los diputados respaldaron -con 77 votos a favor, 61 en contra y 5 abstenciones- la postura de la Comisión de Vivienda de incorporar la propuesta parlamentaria que establece que, en caso de daño patrimonial efectivamente causado, el propietario del predio deberá ser indemnizado. El gobierno consideró este punto como inconstitucional.
En otra materia, también se rechazó -con 62 votos a favor, 72 en contra y 11 abstenciones- la admisibilidad de las normas del Título II del proyecto relativo a la restauración de áreas siniestradas y sus limitaciones. Los citados artículos proponían limitar el cambio en el uso de suelos de áreas siniestradas por lo menos por 30 años.
Prevención de incendios
Igualmente, el proyecto considera la prevención de incendios forestales y rurales para lo que establece una serie de principios, definiciones y planes preventivos.
Por otro lado, se contemplan normas de fiscalización y facultades sancionatorias a cargo del Servicio Nacional Forestal. En ese último capítulo, se establecen instancias de denuncia por incumplimiento de instrumentos de gestión y rango de sanciones.
Finalmente, la norma también considera el acompañamiento de Conaf e Indap a los medianos y pequeños propietarios forestales para ejecutar medidas de mitigación de incendios. Ello, dependiendo del mapa de riesgo por zonas que Conaf tiene identificadas.