La Dirección del Trabajo advirtió a los empleadores que se exponen a multas de casi $4 millones si no entregan protección solar y vestimenta adecuada en los días de ola de calor. Protector solar, gorros, guantes y tener asegurada agua potable para beber durante toda la jornada, son parte de los requisitos.

A multas de 3 y 60 UTM, lo que se traduce en $193 mil hasta casi $4 millones, se arriesgan los empleadores que infrinjan las normas de higiene y seguridad laboral durante días de ola de calor.

Lo anterior, específicamente en la zona centro-sur del país y especialmente en lugares donde las máximas alcanzarán cerca de los 40 grados.

De esta manera, la amonestación final dependerá de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

Ola de calor: empleadores tendrán que proporcionar elementos de protección

Sobre eso, la Dirección del Trabajo enfatizó que es obligatorio proporcionar a las y los trabajadores elementos de protección personal sin costo adicional.

Entre lo anterior se incluye garantizar agua potable para el consumo durante toda la jornada laboral y con la finalidad de prevenir los efectos de la radiación UV, entre otros derechos laborales.

Igualmente se incluye protector solar de factor 30 o superior para trabajadores comunes y factor 50 o más para aquellos en sectores como construcción, agricultura, forestal, recolección de basura, entre otros.

Sobre la misma, se suma la obligatoriedad de entregar ropa a quienes trabajen a la intemperie, preferentemente de algodón y trama tupida, que tenga factor 15 o más; gorros del tipo legionario y lentes con filtro solar.