La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito junto al Sernac indicaron cuáles son los accesorios de seguridad obligatorios al transitar vehículos de ruedas sin motor y en qué fijarse antes de regalarlos. Señalaron que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a las personas al momento de adquirir productos o contratar bienes y servicios.

En vísperas de las fiestas de fin de año, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) a través de la Conaset, y el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), recordaron cuáles son los elementos obligatorios de seguridad que deben considerarse a la hora de regalar una bicicleta para estas fechas.

La secretaria ejecutiva de Conaset, Luz Infante, señaló que para las fiestas navideñas, este medio de transporte aún está dentro de los regalos más populares para los niños y niñas. Además, destacó la importancia de la seguridad de este vehículo.

“En Navidad regalemos seguridad. Sabemos que las bicicletas y otros ciclos como los scooters, patines y skate están entre los regalos más populares, por lo que debemos recordar que hay elementos obligatorios de seguridad que se deben ocupar en estos medios de transporte“, indicó.

Accesorios de seguridad para recorridos en bicicleta

La autoridad detalló que los cascos y luces en las bicicletas son esenciales para proteger a quienes practican este deporte. También, los cascos deben contar con la certificación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

“Esto nos garantiza que los elementos cumplen con estándares internacionalmente reconocidos y que pueden salvarnos la vida en caso de sufrir una caída o vernos involucrados en un siniestro vial”, expresó.

Respecto a lo anterior, el sello de certificación es obligatorio para cascos de ciclos y motocicletas, así también los sistemas de retención infantil (sillas para el traslado de niños y niñas en vehículos particulares), remolques para bicicletas y sus asientos respectivos para el traslado de los infantes.

Además, la Secretaria Ejecutiva recordó también que es obligatorio el uso de elementos reflectantes y el uso de dos luces en la bicicleta.

“En el caso de vehículos con una estructura que no permita la instalación de la luz delantera, sigue siendo obligatorio el uso de la luz roja trasera, la que incluso puedes poner en el casco u otro elemento de la vestimenta”, añadió.

Consumo responsable de bienes y servicios

Por otra parte, la Ley del Consumidor establece que la seguridad en el consumo es un derecho fundamental, lo que implica que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a las personas al momento de adquirir productos o contratar bienes y servicios.

Desde el Sernac comentaron que este derecho es primordial, por ende, hacen el llamado a que los consumidores compren sólo en el comercio establecido, para que en caso de que un producto salga defectuoso, los usuarios puedan exigir la reparación o indemnización en el caso de sufrir algún daño.

Junto con ello, el Director Nacional del Sernac, Andrés Herrera, explicó que las empresas están obligadas a cumplir con este derecho esencial, para no afectar la salud ni poner en riesgo a las personas al momento de comprar productos o contratar bienes.

En relación con los juguetes, Herrera indicó que las personas consumidoras tienen derecho, y las empresas el deber, de que dichos productos cuenten con los mínimos exigidos para su adquisición comercial.

“Nuestro consejo es no comprar juguetes que no tengan la información en castellano ni instrucciones para su uso seguro y jamás adquirirlo en el comercio informal (…) puede contener elementos tóxicos o partes pequeñas que arriesguen la seguridad de nuestras niñas y niños”, concluyó.

Elementos de seguridad obligatorios en bicicletas u otros ciclos

Es importante tener en consideración que La ley de convivencia vial define que al transitar en ciclos (bicicletas, skates, scooters, patines y monociclos), es obligatorio:
– Uso de casco que cubra, al menos, la parte superior de la cabeza y cuente con una correa que lo asegure.
– Para bicicletas, el uso de luz blanca adelante y roja atrás, además de elementos reflectantes laterales en las ruedas.
– El uso de un implemento sonoro que permita alertar a otros usuarios de las vías en ciclos cuya estructura no permita la instalación de la luz delantera, sigue siendo obligatorio el uso de luz trasera de color rojo, que puede ir adherida al casco del o la conductora.
– En horas de baja luz o condiciones de poca visibilidad, se debe usar elementos reflectantes, y siempre es recomendable el uso de vestimenta con colores de alta visibilidad.

Asimismo, los elementos de seguridad que deben contar con acreditación entregada por el MTT a través del Centro de Control y Certificación Vehicular son:

– Casco protector para usuarios de ciclos.
– Silla y remolque para el transporte de infantes.
– Sistemas de retención infantil.
– Cascos para motociclistas.

Finalmente, desde el Sernac indicaron que al no utilizar cascos que estén acreditados, los ciclistas pueden ser sancionados con una multa de 0,5 a 1 UTM.

Agregaron que el no uso el Sistema de Retención Infantil para transportar a menores de 9 años en vehículos particulares, es una falta gravísima a la Ley de Tránsito, con multas de 1,5 a 3 UTM y la suspensión de la licencia de conducir entre 5 y 45 días.