La idea es que los herederos de Pinochet sean condenados a pagar al Fisco alrededor de 16 millones de dólares.
Este miércoles se abrió el testamento de Lucía Hiriart Rodríguez, viuda del dictador Augusto Pinochet, para conocer sus bienes en el contexto de demanda por “provecho del dolo ajeno”.
Se trató de una diligencia realizada en el Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, según confirmó el Consejo de Defensa del Estado en un comunicado.
Recordemos que la apertura de testamento fue precisamente pedida por el CDE en el marco de la demanda por provecho del dolo ajeno, presentada contra los herederos testamentarios de Pinochet.
Lo anterior, como parte de las diligencias pedidas por el organismo, con el objetivo de recuperar los recursos malversados por el dictador y sus colaboradores.
Al respecto, la abogada del CDE, María Eliana Ricke, confirmó la apertura del testamento de Lucía Hiriart, pese a lo cual aseguró que “no me puedo referir a eso y es todo lo que puedo decir por ahora”.
“Como abogado de Consejo de Defensa del Estado concurrí a la audiencia que se llevó a cabo, en la cual se procedió a aperturar el testamento de doña Lucía Hiriart, cónyuge de don Augusto Pinochet Ugarte, diligencia pedida por este organismo”, sostuvo.
“Todo ello, en el marco de la demanda interpuesta en contra de los herederos testamentarios del ex general por provecho de dolor ajeno respecto de los dineros que él defraudó. Esa fue la diligencia realizada hoy día ante el 16º Juzgado”, explicó.
El testamento de Lucía Hiriart
Tras la sentencia de la Corte Suprema que puso término al caso Riggs, el 24 de agosto de 2018, que acogió el recurso de casación en la forma deducido por el CDE, condenando a tres colaboradores del exgeneral como autores del delito de malversación de caudales públicos, el organismo presentó una demanda por provecho del dolo ajeno.
La idea es que los herederos de Pinochet sean condenados a pagar al Fisco alrededor de 16 millones de dólares, correspondientes a los dineros obtenidos ilícitamente por el fallecido militar, según señala el CDE.
Ello, dado que, si bien no se acreditó que hubieren tenido participación en los ilícitos, serían destinatarios de un provecho económico que fue fruto de una conducta delictual plenamente demostrada, indican.
En ese sentido, el organismo destacó que el recurso de casación interpuesto contra el fallo desfavorable de segunda instancia, acogido por la Corte en varios de sus argumentos, posibilitó emprender una serie de acciones judiciales para recuperar los dineros defraudados.
La sentencia decretó el comiso de los bienes que estaban a nombre del exgeneral o de alguna de sus sociedades, la mayoría offshore y con acciones al portador.
Sin embargo, pese a dar por acreditado el monto total del perjuicio, ascendente a más de 17 millones de dólares (US$17.866.323), la Corte Suprema estimó que la pena accesoria de comiso solo podía recaer en aquella parte de los bienes que tuviera relación con la intervención de los condenados.
Precisamente, acogiendo los argumentos del Consejo, el máximo tribunal señaló, al resolver el recurso de casación penal, que era imposible desconocer que en el proceso existía evidencia más que suficiente para demostrar que Pinochet incurrió en conductas que importaron sustracción de caudales públicos.
En este escenario procesal, era posible razonablemente colegir que los bienes individualizados en el fallo de primer grado podían considerarse como los efectos o producto de la perpetración de sus conductas delictuales cometidas en perjuicio del erario nacional, concluye el CDE.