El Senado comenzará a estudiar el proyecto que busca crear el Ministerio de Seguridad Pública, organismo que se desprendería de Interior. Entre sus atribuciones, destaca el control presupuestario, financiero y de mérito respecto de las inversiones y gastos de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Carabineros y PDI).

El próximo miércoles 27 de octubre, el Senado empezará a estudiar el proyecto que busca crear el Ministerio de Seguridad Pública, instancia que propone un reordenamiento de la institucionalidad en materia de prevención y combate de la delincuencia.

Entre las atribuciones que tendría dicha cartera -la N°25 en Chile en caso de aprobarse-, destaca el control presupuestario y financiero de las inversiones y gastos que hagan respecto de las Fuerzas de Orden y Seguridad (Carabineros y PDI).

Ambas instituciones dependerán jerárquicamente de este nueva entidad, que adquirirá diversas funciones al separarse del Ministerio del interior. Entre ellas, destacan las siguientes:

– Diseño y evaluación de políticas de seguridad pública.
– Control del orden público.
– Control de la delincuencia organizada.
– Resguardo fronterizo.
– Ciberseguridad.
– seguridad privada.
– Prevención del delito.
– Mejora de las condiciones para la persecución penal.
– Reinserción social.

Estructura del nuevo ministerio

Esta nueva cartera considera la creación de un Consejo de Seguridad Pública, encargado de asesorar al ministro en la elaboración de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, que deberá realizarse cada 4 años.

En esa línea, también existirían consejos regionales, los que serían presididos por los delegados presidenciales en cada zona.

Por otra parte, el ministerio contará con dos subsecretarias: la de Seguridad Pública y la de Prevención del Delito. De esta última dependerán las secretarías regionales ministeriales.

Atribuciones de la cartera

El proyecto señala que esta cartera “podrá ejercer el control presupuestario, financiero y de mérito respecto de las inversiones y gastos de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, de acuerdo a la normativa vigente y sin perjuicio de las normas de administración financiera del Estado”.

Además, de manera periódica, se deberá poner a disposición del Congreso Nacional información relevante en materia de seguridad pública.

Finalmente, en el marco de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, el ministro deberá dar cuenta a las comisiones de Seguridad del Senado y de la Cámara de Diputados sobre sus labores. Esta instancia se dará de forma anual y se escuchará la opinión de los parlamentarios que integren estas mesas e trabajo.