Este martes la Corte Suprema confirmó por unanimidad la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en noviembre de 2020, que rechazó un recurso de protección presentado por la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) en contra de la Contraloría General de la República (CGR).
Esto debido al dictamen Nº6271 del organismo fiscalizador que declaró ilegales los planes de manejo para corta de bosque nativo para la habilitación de terrenos con fines agrícolas aprobados por la CONAF. (ver dictamen)
De esta forma, la sentencia de la Tercera Sala Constitucional del máximo tribunal del país confirma la validez de lo zanjado por la Contraloría en marzo de 2020, provocando una doble derrota para los agricultores en materia judicial.
La disputa del dictamen comenzó a gestarse a fines de 2019, cuando la diputada del Frente Regionalista Verde Social (FRVS), Alejandra Sepúlveda, y la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo (AIFBN), solicitaron un pronunciamiento de la Contraloría respecto a la legalidad de los planes de manejo con fines agrícolas que autoriza la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
En respuesta a su solicitud, el ente dirigido por Jorge Bermúdez dictaminó que “resulta incompatible autorizar un plan de manejo de corta de bosque nativo para recuperación de terrenos con fines agrícolas, por cuanto dicho permiso no cumpliría con el objeto de proteger, recuperar y mejorar el bosque nativo (…) por lo que la CONAF deberá adoptar las medidas que correspondan para dar cumplimiento a lo concluido en el presente pronunciamiento”.
Y así fue. Con fecha 3 de abril de 2020, en la resolución Nº203, la CONAF instruyó el término de ingreso de las solicitudes de planes de manejo de tala de bosque nativo para recuperación con fines agrícolas, cuestión que activó la acción legal de los agricultores, impulsada por el presidente de la SNA, Ricardo Ariztía de Castro, en contra de la Contraloría y de la CONAF. (ver resolución)
Durante la tramitación de la causa en la justicia, distintas organizaciones ambientales se hicieron parte de los alegatos como terceros. Una de ellas fue Fundación Terram. Christian Paredes, abogado de la institución, se mostró contento con la ratificación del fallo de la Suprema, quien “ratifica” la legalidad del dictamen de la Contraloría.
“Con este fallo confirmatorio lo que en definitiva hace el máximo tribunal es ratificar la legalidad de la interpretación de la Contraloría con relación a la cuestionable posición institucional que había venido presentando la CONAF en torno a la vigencia de los planes de manejo agrícolas”, señala.
A renglón seguido, agrega: “Cabe destacar que entre el año 2008, cuando entra en vigencia la Ley de Bosque Nativo, y marzo del año 2020, la CONAF aprobó talar más de 22 mil hectáreas por esta vía, apartándose por supuesto de los objetivo de protección que tiene la legislación forestal chilena, cuestión que hacemos presente en un reportaje recientemente publicado en Ciper”.
Fernanda Miranda, geógrafa de la fundación, destacó el fallo en el contexto del cambio climático y ecológico que vive el país -y el planeta- en la actualidad. “Es tiempo que el sector agrícola comience a tener limitaciones, ya que ha gozado de una histórica desregulación en materia ambiental”, señaló.
Lo anterior, sostiene la experta, porque “las plantaciones agrícolas no son evaluadas en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ni aún aquellos proyectos agrícolas que implican un cambio en el uso del suelo son evaluados ambientalmente”.