La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por la muerte del expresidente de la República Eduardo Frei Montalva, absolviendo a todos los acusados.
En la sentencia, el tribunal resolvió revocar el fallo de 30 de enero de 2019 que condenaba a Patricio Silva Garín, Raúl Diego Lillo Gutiérrez, Luis Alberto Becerra Arancibia, Pedro Samuel Valdivia Soto, Helmar Egon Rosenberg Gómez y Sergio Javier González Bombardiere, “como autor el primero, coautores el segundo y el tercero, cómplice el cuarto y encubridores el quinto y el sexto, del homicidio de Eduardo Frei Montalva”.
De los anteriormente nombrados, Lillo, Becerra y Valdivia, siguen vivos.
Según el fallo, “la prueba reunida durante la tramitación del proceso, valorada en conformidad a la ley, no ha logrado demostrar que el fallecimiento del expresidente de la República Eduardo Frei Montalva sea imputable a alguna acción dolosa o culposa de uno o más terceros, como tampoco a alguna omisión atribuible a quienes en su condición de médicos se hallaban en posición de garante de su vida atendido su estado de salud”.
La Novena Sala del tribunal de alzada sostuvo que la intervención quirúrgica del exmandatario “fue necesaria y correctamente ejecutada (…) no es posible formular a quienes participaron en ella o decidieron el momento de su ejecución, reproche jurídico penal alguno, al no haberse comprobado infracciones dolosas ni culposas a la lex artis médica”.
En cuanto al empleo de veneno, hipótesis planteada por la parte querellante y el Consejo de Defensa del Estado, el fallo indica que “la fuerza de convicción que se atribuyó en su momento a estas pericias ciertamente fue decayendo durante el curso del proceso, a tal punto que la sentencia de primer grado abandona la tesis del envenenamiento que se había tenido por justificado en el auto procesamiento y que sólo se afirmó como posible en la acusación”.
Respecto del uso de un medicamento en fase experimental y que fue parte de la argumentación del ministro Madrid, la resolución de la Corte de Apelaciones señala que “no existe en el proceso antecedente alguno que permita siquiera presumir que tanto la adquisición del transfer factor, gestionada a través de una clínica estadounidense ubicada en la ciudad de San Francisco, como su administración a un destinatario que tenía la calidad de expresidente de la República en grave estado de salud, haya tenido otro propósito que no fuera procurar revertir una situación médica que a la época de adoptarse tal determinación, parecía irreversible”.
Además, el documento reporta que la realización del procedimiento de conservación del cuerpo del expresidente Eduardo Frei Montalva y el retiro de sus vísceras, “no se realizó de manera reservada, oculta ni clandestina o de un modo que evitara su conocimiento”.
Por las razones anteriores, se procedió a revocar el primer fallo y absolver a los seis acusados.
Tras la revocación del fallo, lo más probable es que la situación se defina en la Corte Suprema mediante un recurso de casación que seguramente será revisado por la segunda sala del máximo tribunal.
Frei Montalva falleció el 22 de enero de 1982 en la Clínica Santa María de la comuna de Providencia.