El Servicio Electoral (Servel) rechazó 189 candidaturas a convencionales constituyentes inscritas para las próximas elecciones, debido a diversas razones, como que no suscribieron su declaración jurada ante notario o no realizaron declaración de intereses y patrimonio.
Lo llamativo es que en muchos casos la causal se debe a las candidaturas se declaraban independientes, sin embargo aparecían en los registros con afiliación en algún partido, de acuerdo a la entidad.
Otro de los motivos es no haber alcanzado el mínimo de patrocinantes o pocos casos en que partidos inscribieron a candidatos que figuran en otra tienda política.
De esta forma, con un integrante fuera, varias listas perdieron la paridad de género, por lo que todos sus compañeros de fórmula quedarían inhabilitados, a menos que subsanen los errores.
Desde Servel indican que, de acuerdo al Artículo 20 de la Ley Nº 18.700, “los partidos políticos y los candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la resolución de aceptación o rechazo de candidaturas, reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones”.
Luego, “este Tribunal fallará en el término de diez días contado desde la interposición del reclamo y su resolución se notificará al Director del Servicio Electoral y a los interesados por carta certificada”.
En total, son 189 candidaturas rechazadas, 177 generales y 12 de pueblos indígenas. Por otra parte, fueron 1.373 candidaturas, incluidas las de los independientes que sí cumplieron los requisitos, las que fueron aprobadas.
En paralelo, se declararon inadmisibles las candidaturas ligadas a Felices y Forrados.