Después de un poco más de año de ingresado en el Congreso, la semana pasada la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó el proyecto de ley para castigar a las personas que dificulten o impidan el acceso de adultos mayores y personas con discapacidad en el transporte público.
El texto establece sanciones para quienes exijan a las personas con discapacidad y adultos mayores cumplir requisitos especiales, fuera del marco legal, para usar el servicio; y también castiga con multas que los conductores no se detengan cuando estos pasajeros deseen subir o bajar del vehículo.
De esta forma, el proyecto modifica la Ley de Tránsito incorporando en las infracciones gravísimas el que un conductor de transporte público de pasajeros ponga en movimiento o no lo detenga completamente cuando haya pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo, si estos corresponden a personas con discapacidad y/o adultos mayores.
En este caso, la sanción corresponderá a una multa de 1.5 a 3.0 UTM, es decir, entre $75 mil a $150 mil. A lo que se agrega de 5 a 45 días de suspensión de licencia.
Asimismo, se considera como infracción grave el exigir a un pasajero el cumplimiento de requisitos o condiciones especiales, fuera de los casos contemplados en la ley, para acceder al transporte público remunerado de pasajeros, cuya sanción es una multa de 1 a 1,5 UTM.
Según la Segunda Encuesta Nacional de la Discapacidad (11 ENDISC), de 2016, en el país existen más de dos millones (2.606.904) personas con discapacidad, lo que representa un 20% de la población total.
Desde 2008, en tanto, el país ratificó la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en materia de accesibilidad y transporte público, obliga a adoptar medidas para que “las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida” y, por ende, asegurar su acceso en igualdad de condiciones con las demás personas, al entorno físico, el transporte y a otros servicios e instalaciones de uso público.
Asimismo, en el caso de la tercera edad, Chile ratificó en 2017 la Convención Interamericana de los Derechos del Adulto Mayor, que les reconoce el derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal.
La iniciativa, que fue aprobada en la Cámara de Diputadas y Diputados, continuará ahora su segundo trámite constitucional en el Senado.
Según la autora del proyecto, la diputada Erika Olivera, reconoció que actualmente nuestro país debe enfrentar y solucionar una demanda social por mayor cobertura en educación, salud y pensiones.
Sin embargo, agregó que también existen algunos desafíos de solución más simple, como aquel que busca abordar este proyecto de ley.
“Son desafíos que no por su simpleza carecen de un profundo contenido simbólico, en este caso, el debido respeto que debemos tener por nuestros adultos mayores y por aquellas personas con algún tipo de discapacidad”, sostuvo a BioBioChile.
“Con esto queremos que efectivamente el transporte público sea un servicio público de acceso universal para todos los chilenos. Eso sí, quedará pendiente mejorar las condiciones de acceso al transporte público en concreto; es decir, perfeccionar los mecanismos por las cuales un adulto mayor o persona con discapacidad pueda subir con menor esfuerzo al bus o al vagón del metro, o desplazarse al interior de los mismos, ya sea en estaciones de metro o en paraderos”.
Otra de las parlamentarios que patrocinó el proyecto, la diputada Francesca Muñoz, apuntó que “es importante generar conciencia para que estos actos no se reiteren en el futuro, por ello estoy muy contenta con su aprobación en la Cámara de Diputados, ya que esta medida busca que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida”.