El Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $110.000.000 a cada uno de los 29 prisioneros políticos -3.190 millones de pesos en total- que fueron víctimas de apremios ilegítimos (tortura) por parte de agentes de Estado entre 1973 y 1990, y cuyos casos fueron consignados por la denominada Comisión Valech.
El fallo se sustenta en que “tal y como lo señala el demandado al contestar la demanda, se han efectuado por el Estado chileno distintos y variados esfuerzos una vez terminado el régimen militar, de resarcimiento de perjuicios”.
La resolución agrega que “se sustenta la tesis de inaplicabilidad de la norma del Código Civil antes mencionada por el artículo 2 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos que obliga a los estados parte ha a adoptar con arreglo a sus procedimientos constitucionales las medidas legislativas o de otro carácter que fueran necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades (…)”.
Para respaldar el fallo y llegar a una resolución, en el documento se reconoce que a través del articulo cinco de la Constitución Política de la República, que el respeto a los derechos esenciales del ser humano son fundamentales.
Además, se agregó que “(…) sustenta lo anterior el artículo 131 del Convenio de Ginebra que sostiene que ninguna parte contratante podrá exonerarse, ni exonerar a otra parte contratante, de las responsabilidades en que haya incurrido ella misma u otra parte contratante a causa de las infracciones previstas en el artículo 130 en el que se incluye la tortura o tratos inhumanos”.