VER RESUMEN

Resumen automático generado con Inteligencia Artificial

La quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la petición de Tianqi Lithium Corporation para suspender el acuerdo entre SQM y Codelco para explorar el litio en el Salar de Atacama hasta el 2060. Previamente, la CMF determinó que la asociación no necesitaba votación de accionistas, argumento que Tianqi consideró preocupante por falta de transparencia. Sin embargo, Tianqi apeló a la decisión y la CMF reiteró su postura, por lo que la accionista china de SQM decidió acudir a tribunales.

Desarrollado por BioBioChile

Este jueves, la quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la petición de la empresa china Tianqi Lithium Corporation, que había solicitado suspender el acuerdo entre SQM y Codelco para explorar, en conjunto, las reservas de litio ubicadas en el Salar de Atacama, hasta el año 2060.

Tianqi, titular por más del 20% de la propiedad de SQM, recurrió a la justicia para dejar sin efecto la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que determinó que la asociación entre la compañía estatal y la minera no metálica requería ser votada en una junta de accionistas de SQM y solo bastaba la aprobación del directorio.

Fue el viernes de la semana pasada que la empresa china presentó el recurso argumentando que este acuerdo establece un precedente preocupante debido a la falta de transparencia y la vulneración de los derechos de los accionistas minoritarios.

Otro revés para Tianqi: Corte rechaza recurso por alianza Codelco-SQM

En concreto, Tianqi sostuvo que por medio del acuerdo de asociación, “SQM enajenará su participación controladora en su filial SQM Salar S.A. y, todavía más, todo el negocio de explotación del litio”, por lo que una asociación de esa envergadura debía ser votada y aprobada con un quórum de dos tercios de los accionistas.

Por su parte, SQM argumentó que la alegación de Tianqi es equívoca, ya que el acuerdo de asociación no debe ser aprobado por una junta de accionistas, porque según la ley y la interpretación de la CMF, el directorio de SQM es el órgano competente para tomar esa decisión.

Además, sostienen que el acuerdo de asociación no implica ninguna enajenación de activos que requiera la aprobación de los accionistas según el artículo 67 de la Ley de Sociedades Anónimas.

El diputado de la UDI y presidente de la comisión de Minería y Energía, Marco Antonio Sulantay, señaló que Tianqi tiene el derecho a judicializar esta disputa, pero que la Comisión para el Mercado Financiero ya emitió una resolución contundente,.

Por ello, la explotación del litio en esta asociación no debería correr peligro.

Quien integra la misma comisión, el diputado de la Federación Regionalista Verde Social, Jaime Mulet, sostuvo que en el directorio de SQM hay 2 dos representantes de Tianqi, y cuando se votó la alianza entre Codelco y la minera no metálica fue aprobado por unanimidad, por lo que el reclamo parece, a su juicio, contradictorio.

En SQM aseguran que la implementación del acuerdo con Codelco no es irreversible y que cualquier decisión judicial futura sobre el reclamo podría ejecutarse sin afectar la operación.