El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el acuerdo extrajudicial que firmó la Fiscalía Nacional Económica (FNE) con Watt’s en el marco de dos investigaciones destinadas a constatar el cumplimiento por parte de esta empresa de lo ordenado por el Tribunal en una sentencia.
En el acuerdo, Watt’s reconoció hechos detectados por la FNE en su investigación, adoptó compromisos para ajustar su conducta a lo dispuesto por el TDLC y asumió el pago de 800 Unidades Tributarias Anuales (UTA, unos $483 millones) a beneficio fiscal.
La sentencia (N°7/2004) estableció una serie de medidas que Watt’s (entre otras procesadoras) debe cumplir en el mercado de adquisición y procesamiento de leche bovina, en el que participan comprando este insumo a diferentes productores.
Una de tales medidas obligó a estas empresas -según detalló la FNE- a mantener listados públicos de precios de compra de leche (pautas de precios), que deben detallar los parámetros que componen el monto a pagar e informar públicamente todas las condiciones comerciales que apliquen, las que deben ser objetivas y no discriminatorias.
La sentencia también exigió a las empresas a publicar con cierta anticipación cualquier cambio en las condiciones de compra.
En su investigación para fiscalizar el cumplimiento de estas obligaciones, la FNE identificó que Watt’s y su filial Diwatt’s aplicaban algunas condiciones comerciales a sus proveedores que no fueron informadas al mercado en las pautas de precios, como lo ordenó la sentencia.
Sin embargo, “no se pudo constatar que esta falta de publicidad hubiera permitido a Watt’s o a su filial beneficiar a algunos productores en perjuicio de otros o aplicar tales condiciones de modo selectivo”, sostuvo la FNE.
Watt’s es una empresa del rubro alimentario, constituida como Sociedad Anónima “abierta” y con domicilio legal en la comuna de San Bernardo. Es parte de un conglomerado de empresas que incluyen también marcas como Danone, Calo, Lonco Leche, entre otras, teniendo alta presencia en Chile y en otros 30 mercados externos. El presidente de su directorio es Aníbal Larrain Cruzat; y la gerencia general está a cargo de Santiago Larrain Cruzat.
Por su parte, la Resolución N°57/2019, confirmó la vigencia de las medidas establecidas en la sentencia ya mencionada y ordenó a Watt’s y a otras procesadoras excluir, tanto de las pautas de precios como de los contratos celebrados con sus proveedores, cualquier tipo de cláusula que resulte o pueda resultar de facto en una tratativa exclusiva, obstaculizando la movilidad de los proveedores.
Adicionalmente, el TDLC ordenó incluir en los contratos la posibilidad de que productores puedan poner término unilateral a éstos, dando aviso con una antelación razonable, sin responsabilidad ulterior.
Al respecto, la FNE detectó que, desde su dictación, Watt’s y su filial han realizado modificaciones en las condiciones comerciales establecidas en sus pautas de precios y contratos, con el fin de ajustarse a lo dictaminado por el TDLC, “sin perjuicio de haberse identificado algunos espacios de mejoras, los que han sido abordados en los compromisos adoptados por la empresa”.