Entre el 1 de agosto del año 2019 y el 30 de junio de 2020, más de 3.732 clientes que concretaron con Scotiabank una operación de crédito hipotecario, vieron aumentadas sus tasas de interés cuando se firmó la escritura pública respecto de la tasa originalmente pactada entre las partes.

Por tanto, esas personas terminaron accediendo a un crédito más costoso.

Esta situación llegó a manos del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que levantó un Procedimiento Voluntario Colectivo. En en ese proceso, hubo una consulta pública.

¿El resultado?: Banco Scotiabank deberá respetar las tasas de interés acordadas con los consumidores en la fase precontractual, tanto para quienes contrataron nuevos créditos como para quienes refinanciaron sus créditos hipotecarios; y que vieron alteradas sus condiciones al momento de firmar la escritura.

El Sernac indicó que gracias a que se aplicará la tasa de interés originalmente ofertada, el universo de consumidores beneficiados de este acuerdo reducirá su deuda hipotecaria en aproximadamente $20 mil millones (total).

Restitución de la diferencia de dividendos y pago por reclamo

Producto de la rebaja de la tasa de interés, el Banco Scotiabank se comprometió “a restituir la diferencia de los dividendos que hubiesen pagado cada uno de los clientes beneficiados en el periodo señalado en el acuerdo, esto es, desde que el tribunal lo apruebe hasta que se haga efectiva la rebaja de la tasa de interés”, añadió el Sernac.

Además, la entidad financiera pagará, por concepto “costo de reclamo”, un monto equivalente a 0,15 UTM ($7.556 aprox.), a todas las personas que interpusieron sus reclamos ante el Sernac por esta situación hasta el pasado 12 de octubre, fecha en que se publicó la propuesta de solución de la empresa.

“El pago de las restituciones y el costo del reclamo se realizarán a través de abonos en las cuentas bancarias Scotiabank de los consumidores beneficiados. En caso que dicho abono no pueda depositarse por alguna razón justificada, el banco deberá emitir vales vista nominativo, en favor de los beneficiados”, comentó el Sernac.

Modificación de conducta

A través del resultado de este Procedimiento Voluntario Colectivo, el Banco Scotiabank deberá acreditar al Sernac el cese de la conducta para lo cual, en sus operaciones futuras, deberá dar cumplimiento a la entrega del documento denominado “Hoja de Resumen de Cotización” en el proceso de ofrecimiento y contratación de créditos hipotecarios, en los términos establecidos en la Ley del Consumidor, Ley que Portabilidad Financiera y otras normas aplicables.

El director nacional del Sernac, Lucas Del Villar, valoró el proceso pues finalmente los consumidores “podrán acceder a las tasas que se les habían ofrecido en un comienzo”.

Adicionalmente, recordó que las instituciones financieras están obligadas a entregar a los consumidores, tras la evaluación de su riesgo comercial, una cotización del crédito, la cual contiene los indicadores más relevantes de su costo.

“Esta cotización tiene una vigencia de 7 días y, a diferencia de cuando se emite una mera simulación, si el consumidor acepta la cotización, ésta es vinculante para la institución, a menos que concurran causales excepcionalísismas que establece la regulación”, agregó.

Por último, la autoridad subrayó que “las condiciones que se ofrecen a los consumidores deben respetarse y las empresas no pueden cambiarlas unilateralmente. Especialmente si estamos hablando de la tasa de interés en créditos hipotecarios que implican una inversión a varios años y donde muchas veces está en juego el sueño de la casa propia”.