Si todo sale según lo planeado por el Gobierno, a partir del próximo año debería haber gratuidad para una parte importante de alumnos de educación superior en Chile.
Sin embargo, no todas las instituciones superiores serán gratuitas, y aunque un recinto sea “elegible” como gratuito, eso tampoco quiere decir que todos sus alumnos vayan a estudiar gratis.
De hecho, sólo los estudiantes que pertenecen al 50% más pobre de la población pueden beneficiarse -por ahora- con la medida, y siempre que asistan a uno de los establecimientos seleccionados.
Si bien originalmente esta gratuidad sólo iba a implementarse en universidades del Consejo de Rectores (Cruch), tras el cónclave realizado el lunes por la Nueva Mayoría, la presidenta Michelle Bachelet anunció que la gratuidad en la educación superior se extenderá también a algunas privadas.
En tanto, se mantienen los requisitos ya anunciados para los institutos profesionales (IP) y centros de formación técnica (CFT) que quieran sumarse al programa.
Como la gratuidad en educación superior es un plan que se irá aplicando de manera gradual y que aún se está discutiendo, no se descarta que en el futuro varíen los requisitos para los alumnos y las casas de estudio que pueden beneficiarse. No obstante, de momento éstos son los puntos que se deben cumplir para acceder:
Qué alumnos serán beneficiados por la gratuidad en 2016
De acuerdo al sitio web del ministerio de Educación, los requisitos para los alumnos que quieran acceder a gratuidad el próximo año son:
-Pertenecer a los cinco primeros deciles socioeconómicos de la población (50% más vulnerable). Por si no lo sabes, los deciles son una forma de clasificar a las familias guiándose por sus ingresos. Los cinco primeros abarcan a los grupos familiares que obtienen entre $0 y $154.166 per cápita al mes. Si no tienes claro a qué decil perteneces, aquí puedes averiguar cómo calcularlo.
-Estar matriculada o matriculado en una casa de estudio superior que esté dentro de las instituciones “elegibles” (más abajo se explica cuáles son elegibles).
-Estar matriculada o matriculado en una carrera de pregrado, que tenga modalidad presencial, en cualquier año/curso.
-Seguirán vigentes todas las becas de mantención y/o alimentación, para los alumnos que cumplan con los requisitos específicos que exige cada uno de los beneficios.
-Se mantienen todas las becas de arancel que existen hoy, disponibles para los estudiantes que no accedan a gratuidad por estar matriculados en instituciones acreditadas no elegibles o para estudiantes del sexto y séptimo decil de los planteles elegibles.
Qué instituciones serán gratuitas
Como ya mencionamos, hay un número determinado de instituciones que serán “elegibles” para gratuidad, es decir, sólo algunos de los establecimientos superiores del país serán gratuitos. Asimismo, aunque un recinto sea “elegible”, no todos sus alumnos estudiarán allí gratis, sino que sólo aquéllos que pertenezcan a los 5 primeros deciles.
Todas las universidades que pertenecen al Consejo de Rectores son elegibles para gratuidad. En el caso del resto, deben cumplir ciertos requisitos, que se explican a continuación.
-Universidades del Consejo de Rectores: las 25 Ues que forman parte del Cruch serán gratis para los alumnos que pertenezcan al 50% más vulnerable. Éstas son la U. de Chile, U. Católica de Chile, U. de Concepción, U. Católica de Valparaíso, U. Técnica Federico Santa María, U. de Santiago de Chile, U. Austral de Chile, U. Católica del Norte, U. de Valparaíso, U. de Antofagasta, U. de La Serena, U. del Bío Bío, U. de La Frontera, U. de Magallanes, U. de Talca, U. de Atacama, U. de Tarapacá, U. Arturo Prat, U. Metropolitana de Ciencias de la Educación, U. de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, U. Tecnológica Metropolitana, U. de Los Lagos, U. Católica del Maule, U. Católica de la Santísima Concepción y U. Católica de Temuco.
-Universidades privadas fuera del Cruch: las Ues privadas que no pertenezcan al Consejo de Rectores, pero quieran acceder a la gratuidad para el 50% más vulnerable, deben “estar acreditadas por cuatro años o más, no poseer como integrantes de la corporación o fundación universitaria sociedades comerciales con fines de lucro, y considerar representantes en sus estamentos estudiantil y/o funcionario en algún órgano de gobierno superior del plantel, de acuerdo con sus estatutos”, se indica en el sitio web del Mineduc. Los nombres de las instituciones que cumplen estos requisitos aún no son determinados.
-Institutos profesionales (IP) y centros de formación técnica (CFT): los IP y CFT elegibles serán los que estén acreditados y tengan una personalidad jurídica sin fines de lucro. Tampoco se ha dado a conocer cuáles específicamente son los que alcanzarán a sumarse a la medida, pero un estudio efectuado en mayo pasado reveló que -hasta ese momento- sólo 8 de los 71 que hay en el país cumplían con estas exigencias (más detalles aquí).