Fue modificada la sentencia en el caso Alto Río en lo que dice relación con las costas del juicio por el desplome del inmueble y que en primera instancia liberaba de responsabilidad al Ministerio Público.
Al analizar un recurso de reposición, los jueces del Tribunal Oral condenaron a la Fiscalía de Concepción a pagar la defensa que debió contratar el ingeniero Pedro Ortigosa, resolución cuestionada por el ente persecutor.
En completa reserva se realizó la audiencia en la que los jueces Nancy Vargas, Silvia Mutizábal y Adolfo Cisterna acogieron el recurso interpuesto por el abogado Marcelo Torres, defensa del ingeniero en mecánica de suelo Pedro Ortigosa de Pablo.
En la presentación, se solicitó condenar al Ministerio Público al pago de las costas del juicio que enfrentó el profesional acusado de cuasidelito de homicidio y cuasidelito de lesiones, cargos por los que fue en definitiva absuelto por el Tribunal Oral en lo Penal.
Durante la lectura del fallo, los magistrados -junto con condenar a René Petinelli y absolver a los otros siete acusados, entre ellos, Ortigosa de Pablo- determinaron eximir de la responsabilidad de las costas a la Fiscalía.
No obstante, y tras acoger el recurso de reconsideración del abogado Torres, el tribunal estimó que el órgano persecutor nunca tuvo motivos plausibles -en otras palabras las pruebas o fundamentos para perseguir penalmente al ingeniero- por lo que ordenó que la Fiscalía se haga cargo del costo que tuvo para Ortigosa su defensa en el bullado juicio.
El vocero del Ministerio Público en el Bío Bío, fiscal Mauricio Lártiga, calificó como improcedente la decisión del Tribunal Oral, sin siquiera referirse al fondo del asunto.
Para el abogado Torres, la actuación de los jueces se ajusta a lo que dispone el Código de Procedimiento Penal, aunque dejó la última palabra para la Corte de Apelaciones, que según él debería desechar el recurso de la Fiscalía.
Actualmente, la sentencia que condenó como único responsable de la caída del edificio Alto Río al ingeniero calculista René Petinelli, es objeto de recursos de nulidad que tramitaría en los próximos meses el tribunal de alzada penquista.