Convención aprueba artículo que elimina al Senado y lo reemplaza por "Cámara de las Regiones"
Con 104 votos a favor, 42 en contra y seis abstenciones, este miércoles el Pleno de la Convención Constitucional aprobó la entidad que reemplazaría al Senado de la República, la llamada "Cámara de las Regiones". Junto a esto, los integrantes de este organismo se denominarán representantes regionales.
El Pleno de la Convención Constitucional aprobó este miércoles los artículos principales del Poder Legislativo y los envió al texto de nueva Constitución.
Según informó La Radio, este diseño estaría quedando con dos Cámaras, una que sería el Congreso de las Diputadas y Diputados, donde se aprobó solo su función, la que sería de fiscalizar los actos del Gobierno.
Por otro lado, se aprobó la entidad que reemplazaría al Senado de la República, la llamada “Cámara de las Regiones”, artículo que se aprobó con 104 votos a favor. Además contó con 42 votos en contra y seis abstenciones.
Frente a esto, la convencional de Sistema Político, Bárbara Sepúlveda (PC), señaló que “hoy el Senado es reemplazado por una Cámara de las Regiones, eso significa que la institución tal cual como la conocemos (…) deja de existir. Queremos una representación real de las regiones e igualitaria (…)”.
El artículo 9° señala que “la Cámara de las Regiones es un órgano deliberativo, paritario y plurinacional de representación regional encargado de concurrir a la formación de las leyes de acuerdo regional y de ejercer las demás facultades encomendadas por esta Constitución”.
Junto a esto, sus integrantes se denominarán representantes regionales.
Estos dos artículos que diseñan el Poder Legislativo de nuestro país, fueron aprobados y despachados al texto de nueva Constitución.
Radio Bío Bío indicó que se espera que durante la tarde se voten las atribuciones de esta Cámara, que reemplazaría al Senado.
Funciones del Congreso de Diputadas y Diputados
En relación al artículo 8° que se aprobó en el Pleno de la Convención, este dice que “el Congreso de Diputadas y Diputados tendrá por función fiscalizar los actos del Gobierno”.
Esta norma fue respaldada con 104 votos a favor, 42 votos en contra y dos abstenciones.
Para ejercer esta atribución puede, por ejemplo, “adoptar acuerdos o sugerir observaciones, los que se transmitirán por escrito a la o el Presidente de la República. Dentro de los treinta días contados desde su comunicación, la o el presidente deberá dar respuesta fundada por medio de la o el Ministro de Estado que corresponda, entre otros puntos”.
Convención vota los principales artículos del Poder Legislativo
Cabe mencionar que durante esta jornada se rechazó, por no alcanzar el quórum de 2/3, el epígrafe del Congreso de Diputadas y Diputados, que era la Cámara más relevante y con mayores atribuciones.
Se rechazó también el artículo 4, por un voto, no alcanzando así las 103 preferencias necesarias, que señala que “el Congreso de Diputadas y Diputados es un órgano deliberativo, paritario y plurinacional, que representa al pueblo. Ejerce la potestad legislativa y las demás facultades encomendadas por la Constitución y las leyes”.
Esta norma, al no conseguir el quórum de los 2/3, fue devuelta a la Comisión de Sistema Político para ser reformulada.