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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El fin de semana largo de octubre 2025 comienza este viernes 31 con el Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes, seguido el sábado por el Día de Todos los Santos. A pesar de estos feriados religiosos, el 31 de octubre no es irrenunciable, lo que permite al comercio operar con normalidad. Chile tiene cinco feriados irrenunciables al año, y los días de elecciones también son considerados feriados legales obligatorios.

El término del mes de octubre 2025 nos regala un fin de semana largo a partir de este viernes 31 por el Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes. El sábado, en tanto, también es feriado: los católicos celebran el Día de Todos los Santos.

La duda es siempre la misma, ¿el 31 de octubre es un feriado irrenunciable o no? Y la respuesta es no, ya que se trata de un feriado religioso —establecido por la ley 20.299—, por lo que el comercio no debería verse tan afectado por la ocasión. Te explicamos los detalles a continuación.

Feriado del 31 de octubre

En Chile existen solo cinco feriados irrenunciables cada año:

  • Año Nuevo (1 de enero)
  • Día del Trabajador (1 de mayo)
  • Fiestas Patrias (18 de septiembre)
  • Glorias del Ejército (19 de septiembre)
  • Navidad (25 de diciembre)
  • También se suman los feriados cuando hay día de elecciones, como el del próximo domingo 16 de noviembre, llamados feriados legales obligatorios.

    Teniendo claro lo anterior, sabemos entonces que el feriado del 31 de octubre, y el del 1 de noviembre, no son irrenunciables. Esto que significa que el comercio puede funcionar con normalidad y no tiene la obligación de cerrar, como en otras oportunidades.

    Eso sí, es probable que la mayoría de las cadenas de supermercados en el país tengan horarios especiales, lo que será informado oportunamente en los días previos al feriado.

    Por último, a los colaboradores que deban ejercer sus funciones ese día se les debe compensar por trabajar en un feriado con el pago de horas extras o extraordinarias, o bien con un día libre si así lo acuerdan las partes.